ARTICULO 1°.- Establécese la Estructura Orgánica y Funcional de la Secretaría de Hacienda, en los Departamentos, Divisiones y Áreas que la conforman y que a continuación se detallan, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
CAPITULO I DE LAS DEPENDENCIAS DIRECTAS DE LA SECRETARIA
ARTICULO 2°.- Créase el Departamento Administración y Despacho que tendrá como función la elaboración de actos administrativos, la orientación y diligenciamiento de la gestión administrativa: confección de informes y tramitación de Expedientes. Será responsable de la elaboración de compras directas y concursos de precios, el arqueo de la caja menor y los reintegros correspondientes a la Secretaría. Entenderá en la recepción, control, liquidación y diligenciamiento de adicionales y Convenios de las distintas dependencias y el ordenamiento y archivo de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones. Se relacionará directamente con la Secretaría de Hacienda.
ARTICULO 3°.- Créase el Departamento Eficiencia de la Gestión Pública, que tendrá a su cargo el asesoramiento e implementación de acciones necesarias para el desarrollo de la capacidad Institucional, con orientación a resultados, a fin de optimizar los procedimientos de gestión y control internos. Entenderá en la elaboración e implementación de indicadores de gestión, promoviendo una mejora continua en los circuitos internos administrativos que involucran a las distintas Secretarías con sus respectivas dependencias en general. Se ocupará de diseñar metas e indicadores para el monitoreo y evaluación permanente de los resultados obtenidos por las diferentes dependencias. Se relacionará directamente con la Secretaría de Hacienda.
ARTICULO 4°.- Créase la División Mesa de Entradas que tendrá como función la organización, supervisión, recepción, elaboración de informes y diligencia miento de los Expedientes administrativos ingresados en la Secretaría, como también el resguardo y archivo de toda la documentación administrativa. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda a través del Departamento Administración y Despacho.
CAPITULO II DE LA CONTADURIA MUNICIPAL
ARTICULO 5°.- Créase el Departamento Sub-Contaduría cuyo titular será Subrogante del Contador en Derechos y Obligaciones de la Ley N°10.027/2011 y modificatoria N°10.082/2011, y la Ordenanza N°33.369/07 y modificatorias N°33.442/07 y N°33.665/2008. Reemplazará al Contador Municipal en caso de ausencia o impedimento de éste, o cuando la realización de tareas que resulten de incumbencia del Área, requiera del mismo, dedicación en forma exclusiva. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Contaduría Municipal.
ARTICULO 6°.- Créase el Departamento de Control Interno, cuya función será el control interno de la hacienda pública, en el marco de, las directrices que le encomiende la Contaduría Municipal. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Contaduría Municipal.
ARTICULO 7°.- Créase el Departamento, Contable, cuya función será registrar contablemente, en forma sintética, las operaciones de lasque deriven variaciones en la hacienda pública municipal, elaborando la información necesaria para la confección de los Estados Contables. Se relacionará con la Secretaria de Hacienda, a través de la Contaduría Municipal.
ARTICULO 8°.- Créase el Departamento Control de Rendiciones, cuya función será todo lo relativo al control de las rendiciones de adelantos y subsidios, reintegros de gastos y fondos fijos. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Contaduría Municipal.
ARTICULO 9°.- Créase la División Mesa de Entradas, cuya función será todo lo relativo a la organización y supervisión de la recepción, registración y seguimiento de Expedientes, y toda otra documentación ingresada a la Contaduría. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda a través de la Contaduría Municipal.
ARTICULO 10°.- Créase el Área de Coordinación Impositiva, cuya función será todo lo ateniente a dar cumplimiento, en tiempo y forma por parte del Municipio, a las obligaciones impositivas, tanto formales como materiales, ejerciendo el pertinente control, y brindando el debido asesoramiento a las Áreas involucradas. Se relacionará con la Secretaria de Hacienda, a través de la Contaduría Municipal.
CAPITULO III DE LA TESORERIA MUNICIPAL
ARTICULO 11°.- Créase el Departamento Sub-Tesorería cuyo titular será Subrogante del Tesorero en Derechos y Obligaciones de la Ley N°10.027/2011 y modificatoria N°10.082/2011, y la Ordenanza N°33.369/07 y modificatorias N°33.442/07 y N°33.665/2008. Reemplazará al Tesorero Municipal en caso de ausencia o impedimento de éste, o cuando la realización de tareas que resulten de incumbencia del Área, requiera del mismo, dedicación en forma exclusiva. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Tesorería Municipal
CAPITULO IV DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
ARTICULO 12°.- Créase el Departamento Tasa Comercial, cuya función será entender en todas las actividades de recaudación, verificación y fiscalización de la Tasa Comercial, en la aplicación del procedimiento administrativo tributario referente a ésta; en la recepción de la documentación de habilitación, actualización, modificación y baja de cada uno de los negocios y en la creación de la cuenta correspondiente a dicha Tasa. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas.
ARTICULO 13°.- Créase el Departamento Tasa Inmobiliaria, cuya función será entender en todas las actividades de recaudación, verificación y fiscalización de la Tasa Inmobiliaria y en la aplicación del procedimiento administrativo tributario referente a ésta. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas.
ARTICULO 14°.- Créase el Departamento Otras Tasas y Derechos, cuya función será entender en todas las actividades de recaudación, verificación y fiscalización de otras Tasas y Derechos y en la aplicación del procedimiento administrativo tributario referente a las mismas. Se relacionará con la Secretaria de Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas.
ARTICULO 15°.- Créase el Departamento Asesoría Legal, cuya función será el asesoramiento jurídico de la Dirección General de Rentas, en todos los aspectos relacionados a los alcances de las Normas Tributarias. Intervendrá en la elaboración de dictámenes previos a la Resolución de Expedientes y trámites administrativos que le sean requeridos por el Director. Se relacionará con la Secretaria de Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas.
ARTICULO 16°.-Créase el Departamento Apremios, cuya función será la coordinación y control de la gestión de cobro extrajudicial y judicial de los tributos adeudados. Se relacionará con la Secretaria de Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas.
ARTICULO 17°.- Créase la División Cuerpo de Inspectores, cuya función será coordinar y dirigir el cuerpo de inspectores de la Dirección General de Rentas, analizando, orientando y corrigiendo en contenido de las inspecciones, sus resultados y seguimientos, en un todo de acuerdo al Manual de Procedimiento para Inspectores. Se relacionará con la Secretaria de Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas.
ARTICULO 18°.- Créase la División Automotor, cuya función será entender en las acciones de recaudación del impuesto Provincial Automotor, conforme a las directivas Provinciales y Municipales. Se relacionará con la Secretaria de Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas.
CAPITULO V DE LA DIRECCION DE COMPRAS Y SUMINISTROS
ARTICULO 19°.- Créase el Departamento de Compras y Suministros, cuyo titular será Subrogante del Director de Compras y Suministros, en los derechos y obligaciones que se le acuerden a aquel. Reemplazará al Director en caso de ausencia o impedimento de éste, o cuando la realización de tareas que resulten de incumbencia del Área, requiera del mismo, dedicación en forma exclusiva. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Compras y Suministros.
CAPITULO VI DE LA DIRECCIÓN DE CATASTRO
ARTICULO 20°.- Créase el Departamento Catastro Económico, cuya función será estar a cargo de la evaluación parcelaria, tareas estadísticas valuatorias y actualización de valuaciones, revalúo, mejoras y categorías. Entenderá en las tareas de inspección de inmuebles para el Municipio y la Provincia. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Catastro.
ARTICULO 21°.- Créase el Departamento Catastro Jurídico y Patrimonial, cuya función será estar a cargo de los trámites de Escribanos y Abogados de competencia de la Dirección. Se relacionará con la Dirección del Notariado, permitiendo un mayor control sobre las inscripciones efectuada por los Profesionales en el Registro Público de la Propiedad, contando con esta información en tiempo real. Se encargará de la regularización dominial de los inmuebles de propiedad Municipal sin escritura. Tendrá a su cargo el resguardo y archivo de los títulos de propiedad de los inmuebles Municipales. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Catastro.
ARTICULO 22°.- Créase el Departamento Catastro Físico; cuya función será estar a cargo de la atención de los Profesionales de la agrimensura y Técnicos en general, en lo que respecta a subdivisión del suelo: Entenderá en el visado de documentación de mensura, la elaboración de cartografía en sistemas Auto Car, ARC VIEW, ploteo de planos y croquis para las distintas Áreas del Municipio y la Comunidad y en la actualización y mantenimiento del Castro digital y base de datos espejada con la Provincia. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Catastro.
CAPITULO VII DE LA DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE HABERES
ARTICULO 23°.- Créase el Departamento de Contratación del Personal, que tendrá a su cargo la confección, control y seguimiento de todo lo relacionado a la contratación de los recursos humanos del Municipio, en el marco de las normativas que dicte el Departamento Ejecutivo. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Liquidación de Haberes.
ARTICULO 24°.- Créase el Departamento Administrativo, que tendrá a su cargo las altas y bajas de agentes municipales en la página de AFIP, altas, modificación y bajas de embargos. de empleados, tanto privados como de cuotas alimentarias, la administración de los Oficios que llegan del Juzgado, la administración de los centros de costos y oficinas (altas y bajas), la administración de la estructura orgánica: alta, modificación y bajas de cargos según la orgánica de cada Secretaría, la liquidación especial de los agentes accidentados, según la normativa vigente, los pagos de cualquier í ole, liquidación de sueldos en general, de jubilados y fallecidos, la carga de mutuales adicionales de las distintas Secretarias, contestación de Expedientes y toda otra tarea que le sea requerida por la Dirección. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Liquidación de Haberes.
ARTICULO 25°.- Créase el Departamento Logística y Archivo, que tendrá a su cargo los trabajos de carga en el digesto de Liquidaciones y digitalización de las normativas y todos los actos administrativos existentes en la Dirección. La gestión de medios necesarios que permitan optimizar las tareas para la organización y reestructuración del archivo físico. La planificación y búsqueda permanente de mejores controles, en las liquidaciones de haberes. La colaboración a las distintas Secretarías en lo relativo los actos administrativos para la liquidación de sueldo y normativas relacionadas con las tareas que se realizan, como así también simulación de sueldos respecto a los incrementos de adicionales solicitados por distintas áreas. La elaboración de Decretos y Resoluciones requeridas por el Secretario de Hacienda y el Presidente Municipal, y el asesoramiento a la Directora en los procedimientos administrativos. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de, Liquidación de Haberes.
ARTICULO 26°.- Créase el Área de Asignaciones familiares, que tendrá a su cargo la recepción, liquidación, control y resguardo de la documentación relativa a las asignaciones familiares, certificados de escolaridad y antecedentes de ayuda escolar. Se relacionará con la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Liquidación de Haberes.
CAPITULO VIII DE LAS DESIGNACIONES
ARTICULO 27°.- Designase Jefa del Departamento Administración y Despacho a la Sra. MICUCCI, Analía Verónica - Legajo 6550, para el cumplimiento y las funciones establecidas en el Artículo 2° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 28°.- Designase Jefe del Departamento Eficiencia de la Gestión Pública al Cr. AGUILAR, Pablo Daniel - Documento Nacional de Identidad N°32.463:856, para el cumplimiento y las funciones establecidas en el Artículo 3° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTICULO 29°.- Designase Jefa de la División Mesa de Entradas, a la Sra. BENITTI, María Sol - Legajo 6350, para el cumplimiento y las funciones establecidas en el Artículo 4° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 30°.- Designase Sub-Contadora Municipal a la Cra. ROUGIER, Silvina Raquel - Legajo 8016, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 5° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTCULO 31°.- Designase Jefe del Departamento de Control Interno al Cr. SOULE, Eduardo Javier - Legajo 8026, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 6° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 32°.- Designase Jefe del Departamento Contable al Cr. RODRIGUEZ, Matías Oscar - Legajo N°3575, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 7° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 33°.- Designase Jefa del Departamento Control de Rendiciones a la Cra. SALOMÓN María Vanesa - legajo N° 8004, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 8° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 34°.- Designase Jefa de la División Mesa de Entradas a la Tec. En Gestión y Administración Municipal IGLESIAS, Norma Noemí - legajo N°2603, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 9° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 35°.- Designase Jefe del Área de Coordinación Impositiva al Cr. LUNA, Matías Ignacio - legajo N°8019, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 10° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 36°.- Designase Sub-Tesorera Municipal a la Cra. SCHIAPPACASSE, María Belén – legajo N°8005, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 11° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 37°.- Designase Jefa del Departamento Tasa Comercial a la Sra. ZUCHUAT, Lucia Valeria - legajo 8169, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 12° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 38°.- Designase Jefe del Departamento De Tasa Inmobiliaria al Sr. JULIA, Néstor Fabricio - legajo 1923, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 13° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 39°.- Designase Jefe del Departamento Otras Tasas y Derechos, al Sr. ROBERTONE, José Luis - legajo N°2014, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 14° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 40°.- Designase Jefe del Departamento de Asesoría legal al Sr. LEINECKER, Iván - Documento Nacional de identidad N°33.124.760, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 15° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTICULO 41°.- Designase a Jefa del Departamento Apremios a la Sra. GAETANO, Lucrecia María Julia - Documento Nacional de Identidad N°36.547.669, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 16° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1.
ARTICULO 42°.- Designase Jefe de la División Cuerpo de Inspectores, al Sr. CAÑETE, Cristian Sebastián - legajo N°2776, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 17° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 43°.- Designase Jefa del Departamento de Compras y Suministros, a la Sra. FREYTAS, Liliana Mabel - legajo 2760, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 19° del presente Decreto. Tendrá Nivel 2.
ARTICULO 44°.- Designase Jefa del Departamento Catastro Económico a la Sra. FERNÁNDEZ, Nélida Alejandra - legajo 2115, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 20° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 45°.- Designase Jefa del Departamento Catastro Jurídico y Patrimonial a la Sra. IBARROLA, Lidia Cristina - legajo 1339, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 21° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 46°.- Designase Jefe de! Departamento Catastro Físico al Sr. ANNONI, Juan Antonio Ramón - legajo 2052, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Articulo 22° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 47°.- Designase Jefa del Departamento de Contratación del Personal a la Sra. ESCOBAR, Viviana Paola Leticia - legajo 4977, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 23° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 48°.- Designase Jefa del Departamento Administrativo a la Sra. PERSINCULA, Lorena Isabel - Legajo 3209, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 24° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 49°.- Designase Jefa del Departamento Logística y Archivo a la Téc. en Gestión y Administración Municipal LAUREL, Patricia Ofelia - Legajo 2002, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 25° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
ARTICULO 50°.- Designase Jefa del Área de Asignaciones Familiares, a la Sra. MOREYRA, Alejandra Karina - Legajo 3092, para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 26° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1.
CAPITULO IX DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 51°.- Dispónese que las creaciones y designaciones establecidas en el presente Decreto, comenzarán a regir a partir del 1 de abril del presente año.
ARTICULO 52°.- Comuníquese, publíquese, tome nota la Dirección de Recursos Humanos, Dirección Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.
