DecretoPublished: November 15, 2023

Decreto N° 1549/2023

Agreement with Accion Vecinal Concordia

DECRETO Nº 1549 FECHA: 08.11.2023 PUBLICADO: 15.11.2023

ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos los términos, el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomas Cresto asistido por el Secretario de Gobierno y Hacienda Aldo Damián Álvarez por una parte y por la otra parte Acción Vecinal Concordia - Acción Civil, representada por su Presidente Juan Francisco Solano Nuñez asistido en este acto por su Secretaria Siomara Casañas de Rivas y su Tesorero Sebastián Van Cauwenberghe ,cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Como Anexo l .

ARTICULO 2°.- Disponer reconocer y abonar tres (3); sueldos categoría veinticuatro (24) a la Asociación para dar cumplimiento a la Cláusula primera del presente convenio.

ARTICULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio, serán imputados a las partidas correspondientes al Presupuesto General de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio Económico pertinente.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-

CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y ACCION VECINAL CONCORDIA - ASOCIACION CIVIL.-

En la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 3 días del mes de Noviembre del ario dos mil veintitrés, entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por su Presidente Municipal, ENRIQUE TQMAS CRESTO, asistido en este acto por el Secretario de Gobierno y Hacienda, ALDO DAMIAN ALVAREZ, constituyendo domicilio en la calle Bartolomé Mitre N° 76, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una parte, y por la otra "ACCION VECINAL CONCORDIA - ASOCIACION CIVIL", C.U.I.T. N° 30715732048, Entidad Civil con Personería Jurídica bajo Matricula N° 2149763, representada por su Presidente, JUAN FRANCISCO SOLANO NUÑEZ, asistido en este acto por su Secretaria SIOMARA CASAÑAS DE RIVAS y su Tesorero SEBASTIAN VAN CAUWENBERGHE, en adelante "LA ASOCIACIÓN", se convienen en celebrar el presente Convenio sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:--

PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD realizará un aporte mensual equivalente a tres (3) sueldos categoría veinticuatro (24) del escalafón Municipal. Que además la MUNICIPALIDAD brindara asistencia a través de sus diferentes aéreas (Servicios Públicos, Electrotecnia, Parques y Jardines, etc.), a los fines de que la Asociación cumpla con sus objetivos estatutarios. Que todos los aportes realizados son con cargo de oportuna rendición.----

SEGUNDA: El plazo de duración del presente se acuerda por el término de un (1) ario a partir del 1° de Septiembre de 2023 venciendo en consecuencia el día 31 Agosto de 2024.---

TERCERA: Los aportes acordados tendrá como destino y finalidad atender los gastos emergentes inherentes al funcionamiento y mejor cumplimiento de los fines establecidos en el estatuto de LA ASOCIACION.---

CUARTA: LA ASOCIACION en el carácter invocado, asume las siguientes obligaciones:

Destinar los aportes que reciba de la Municipalidad de Concordia los fines establecidos en la cláusula Tercera del presente. Comunicara mediante nota a la MUNICIPALIDAD a los fines de solicitar la asistencia establecida en la Clausula Primera del mismo. Cualquier otra situación derivada del presente convenio, que así lo amerite.

QUINTA: LA MUNICIPALIDAD en el carácter invocado, asume las siguientes obligaciones: a) Recibir los requerimientos realizados por la Asociación, relacionados con el presente convenio.- b) Afectar las aéreas y recursos humanos que demande el presente convenio.-

SEXTA: Para cualquier controversia emergente del presente Convenio, las partes se someten a la justicia ordinaria de la ciudad de Concordia, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilio a todos los efectos legales, administrativos y operativos en los enunciados ut -supra.

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