DECRETO N° 499 FECHA:24.04.2020 PUBLICADO:20.05.2020 ARTICULO 1°.- Autorizar al Departamento Tasa Comercial a actualizar los importes mínimo y máximo en función de la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo según Decreto N° 383/2020, por el que se dispuso la actualización de los importes a percibir por productividad del 15 % a partir de Marzo de 2020, la que será de $ 7,959.41 (pesos siete mil novecientos cincuenta y nueve con 41/100), para el importe mínimo y de$ 11,759.49 (pesos once mil setecientos cincuenta y nueve con 49/100), para el importe máximo, de acuerdo a los considerandos de la presente.-
ARTICULO 2°.- Tomen nota los Departamentos, Tasa Comercial, Tasa General inmobiliaria y archívese. -
