DECRETO Nº 29683/1997 FECHA: 15.10.1997 PUBLICADO: 24.10.1997 ARTICULO 1º.- Establécese que en los llamados a licitación privada ó pública se deberá conformar un único expediente en dónde conste todos los elementos del llamado, como asimismo del primer llamado y si fuera necesario del segundo en los casos que fueren necesario, destinado a la adquisición de bienes de uso para la comuna, destinado a optimizar el trámite y dirigido a que la adjudicación sea a la oferta más conveniente a los intereses municipales.
DecretoPublished: October 24, 1997
Decreto N° 29683/1997
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