DecretoPublished: October 20, 2026

Decreto N° 932/2026

Public Tender No. 56/2026, for the Work: “PROVISION OF MATERIALS AND LABOR FOR THE CONSTRUCTION OF ARTICULATED CONCRETE PAVING STONES IN NÉBEL NORTE NEIGHBORHOOD”

ARTÍCULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 56/2.026, para la Obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ARTICULADO DE ADOQUINES DE HORMIGÓN EN B° NEBEL NORTE”; según Solicitud de Compra N° 4841/2.026, y conforme el Anexo que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en el Expediente Compra Digital Nº 3799 del Año 2.026.

ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 33/100 ($ 430.392.592,33).

ARTÍCULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: Nº 3.7.90.02.05.08.61.01 O. P. (OBRAS VARIAS E IMPREVISTAS) $ 430.392.592,33.

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.

ARTÍCULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.

ARTÍCULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública Nº 56/2.026 resultare desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación; y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.

ARTÍCULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros, a los efectos dispuestos.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, y dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.

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