DecretoPublished: September 10, 2026

Decreto N° 806/2026

Agreement between the Municipality of Concordia and the Association of Citrus Growers of Concordia.

ARTICULO 1°.- Ratificase en todos sus términos, el convenio suscripto entre la Municipalidad de Concordia representada por su Presidente Municipal, Dr. Francisco Azcue, asistido por el Secretario de Desarrollo Productivo, Ing. Sebastián Aristide; por una parte y por otra parte, la Asociación Citricultores de Concordia, C.U.I.T. N° 30-54309627-6, representada por su Presidente, Sr. Orlando Malvasio, asistido por su Secretaria, Sra. Melania Zorzi, cuya copia forman parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2°.- Disponer, reconocer y abonar a partir del mes de Julio/2026 y los pagos que se devenguen, según el detalle obrante en la clausula primera del convenio antes mencionado hasta cumplimentar el período de seis meses a la Asociación Citricultores de Concordia, la suma total de PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 15.600.000,00) redistribuidos en seis pagos mensuales de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.600.000,00) con cargo de oportuna rendición de gastos, en virtud del cumplimiento del Convenio firmado entre la Municipalidad de Concordia y la citada Institución.

ARTICULO 3°.- Facúltese a la Subsecretaria de Hacienda y Modernización de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, a arbitrar las medidas pertinentes para que se realice la trasferencia a la cuenta bancaria de la Asociación Citricultores de Concordia, en el Banco Galicia, Cuenta Corriente N° 6484-8 113-1 CBU 0070113220000006484815.-

ARTICULO 4°.- Imputar el gasto aprobado en el Articulo N° 2 del presente Decreto en la partida de la Secretaria de Desarrollo Productivo 3.4.90.01.03.04.34.25/34 – Subsidios a Instituciones del presupuesto 2026, y la que en el futuro la reemplace.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.

How can I help you?