DecretoPublished: June 12, 2026

Decreto N° 536/2026

Approval of the Call for Public Tender No. 35/2026 for the Paving of Various Arteries of the City of Concordia – Second Stage

ARTICULO 1°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Primer Llamado de la Licitación Pública N° 35/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA PAVIMENTACIÓN DE DISTINTAS ARTERIAS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA SEGUNDA ETAPA", conforme el Anexo, que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra N° 3974, Expediente Digital N° 2994, año 2.026.

ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 83/100 ($ 2.664.939.843,83).

ARTICULO 3°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: N° 3.7.40.02.05.08.61.02 0.PÚBLICAS (Mant. Vial de Calles Pay.) $ 2.664.939.843,83

ARTICULO 4°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza N° 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerandos precedentes.

ARTICULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.

ARTICULO 6°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.

ARTICULO 7°.- Dispónese que, en el caso de que el Primer Llamado de la Licitación Pública N° 35/2.026 resultaré desierto, se realice el Segundo Llamado de la presente Licitación, y en consecuencia, se efectúen las gestiones tendientes, conforme a lo establecido en el presente Decreto.

ARTICULO 8°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.

ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaria de Gobierno; oportunamente, archívese.

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