DecretoPublished: April 8, 2026

Decreto N° 216/2026

Dismissal of the First Call for Public Tender No. 09/2.026 for the "PROVISION OF MATERIALS AND LABOR FOR THE REPAVING OF RICARDO ROJAS STREET BETWEEN CONCEJAL VEIGA AND DIAMANTE"

ARTÍCULO 1°.- Desestímese la única oferta del Primer Llamado a Licitación Pública Nº 09/2.026, para la “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE RICARDO ROJAS ENTRE CONCEJAL VEIGA Y DIAMANTE”, presentada por la empresa LUIS LOSI S.A., dado que lo cotizado resulta ser un 66,21% superior a la imputación preventiva, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.

ARTÍCULO 2°.- Apruébese la documentación y dispónese se efectúe el Segundo Llamado a Licitación Pública Nº 09/2.026, para la obra: “PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA REPAVIMENTACIÓN DE CALLE RICARDO ROJAS ENTRE CONCEJAL VEIGA Y DIAMANTE”, conforme el Anexo, que forma parte del presente Decreto, cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Compra Nº 2891, Expediente Compra Digital Nº 1977, Año 2.026.

ARTÍCULO 3°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 02/100 ($ 781.979.999,02).

ARTÍCULO 4°.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: Nº 3.7.40.02.05.08.61.02 O.PÚBLICAS (Mant. Vial de Calles Pav.) $ 781.979.999,02.

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros efectúe el Segundo Llamado de la presente Licitación y fije la fecha de apertura de las propuestas, dado lo establecido en el Artículo 25° de la Ordenanza Nº 34.698/11 de Contrataciones del Estado Municipal y los considerados precedentes.

ARTÍCULO 6°.- Dispónese que la Dirección de Compras y Suministros realice las publicaciones de ley correspondientes para la presente licitación.

ARTÍCULO 7°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.

ARTÍCULO 8°.- Dispónese que, a través de la Dirección de Compras y Suministros, se notifique a la firma oferente del contenido del presente acto administrativo, y se proceda a iniciar las gestiones tendientes, conforme la normativa vigente y lo establecido en el presente Decreto.

ARTÍCULO 9°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas; luego, pase a la Dirección de Compras y Suministros a los efectos dispuestos.

ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.

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