DecretoPublished: October 22, 2025

Decreto N° 1158/2025

Award of Lot 5, Sector IX, Industrial Park to the company EFICIENCIA AMBIENTAL S.R.L.

ARTICULO 1°.- Transfiérase a título gratuito, el dominio a favor de la firma EFICIENCIA AMBIENTAL S.R.L. el predio ubicado en el Departamento y Ejido de Concordia, Chacra N° 20, Parque Industrial Lote N° 5, Sector IX, Colonia Adela, Plano N° 88779 Partida Provincial N° 157.041, inscripto en el Registro Público Local bajo Matricula N° 67439 y que consta de una superficie de 8045,43 m2, con los siguientes límites y linderos: NORESTE: Recta (28-65) S 68°08"E de 120,00 m. que linda con Lote B de Municipalidad de Concordia. SURESTE: Recta (65-66) S 22°58'0 de 60,12 m que linda con Municipalidad de Concordia. S/P. SUROESTE: Recta (66-68) N 67° 03'0 de 147,984 m que inda con Lote 6 de Municipalidad de Concordia. NOROESTE: Recta (68-28) N 47° 58"E de 66,20 m que linda con Lote B de Municipalidad de Concordia.

ARTICULO 2°.- Dispónese que la Municipalidad de Concordia otorgará los beneficios fiscales vigentes en el Artículo 5°) — Título III de la Ordenanza N°32.885/04 a la firma EFICIENCIA AMBIENTAL S.R.L.

ARTICULO 3°.- Dispónese que para ser beneficiarios del régimen de promoción industrial, la Empresa EFICIENCIA AMBIENTAL S.R.L. deberá suscribir un contrato con la autoridad de aplicación, cuya vigencia comenzará a partir del momento que la Empresa comience a desarrollar actividad en el Parque Industrial Concordia y de su aprobación por el Departamento Ejecutivo Municipal. (Artículo N° 12, Ordenanza 32.885/04, Capítulo VII, De los Procedimientos Promocionales).

ARTICULO 4°.- Dispónese que en la Escritura Traslativa de Dominio deberá cumplirse lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 32885/05 y modificada por la Ordenanza Municipal N° 37140/00, debiendo además consignarse en la misma, para su inscripción registral, lo preceptuado en el artículo 34. Inciso "c", de la Ley de Residuos Peligroso N° 24.051.

ARTICULO 5°.- Dispónese que los honorarios y gastos de Escritura serán por cuenta de EFICIENCIA AMBIENTAL S.R.L.

ARTICULO 6°.- Ratifíquese el presente Decreto por el Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Jefatura de Gabinete, Gobierno y Hacienda y a EMAPI y archívese.

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