ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Tasa General Inmobiliaria a actualizar el importe en función de la actualización en la recomposición salarial otorgada por el Departamento Ejecutivo Municipal, Decreto N° 1018 del 22 de Agosto 2025, por un porcentaje del DOS por ciento (2%), que rige a partir del mes de OCTUBRE del año 2025 y que será de Pesos Ciento Noventa Y Siete con Diez Centavos ($197,10), de acuerdo a la Cláusula SEXTA del Convenio entre la Municipalidad de Concordia y agentes afectados al Reparto Domiciliario de Boletas.-
ARTICULO 2°.- Tomen Nota los Dptos. Tasa Comercial, Tasa General Inmobiliaria y Otras Tasas, Comuníquese, publíquese y archívese.-
