Boletín Oficial Nº 2809 - Concordia, 25 de enero de 2018

Los siguiente Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:

Decretos: 062/2.018, 063/2.018, 064/2.018, 065/2.018, 066/2.018, 067/2.018, 068/2.018, 069/2.018, 070/2.018, 071/2.018 y 072/2.018.-

DECRETO N° 062/2.018
Concordia, 23 de enero de 2018

VISTO

Las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 251 "H"/2017 y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente de referencia obra nota con fecha 18 de Octubre del corriente, presentada por el Concejal Sebastiárr Cuberli, en la que informa la baja del agente contratado a su cargo Marcelo Fabián Ocampo, legajo N° 6562, y solicita el alta en el cargo a la Sra. Verónica Itatí Acevedo, D.N.I. 25.288.407.

Que a fs. 6 obra informe de la Dirección de Liquidaciones.

Que el Honorable Concejo Deliberante ha tomado asimismo conocimiento de la situación.

Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), h) y u) de la Ley N° 10.027, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTICULO 1°.- Dispónese la baja del contrato de locación de servicios con aportes del agente Marcelo Fabián Ocampo, legajo N° 6562, dependiente del Honorable Concejo Deliberante, a partir del 31 de Diciembre del 2017.

ARTICULO 2°.- Dispónese el alta de la Sra. Verónica Itatí Acevedo, D.N.I. 25.288.407, del contrato de locación de servicios con aportes a partir del 1° de Enero deI2018.

ARTICULO 3°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón e intervención. Cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Liquidaciones a los fines que correspondan y a fin de instrumentar las medidas administrativas pertinentes, conforme a los detalles indicados en los artículos precedentes, como excepción al Decreto N° 1100.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda
MARCELO FABIAN SPINELLI
Director Gral. de Coordinación Scre. de Des. Humano y Salud
a/c Secretaría de Desarrollo Humano y Salud
Ing. LUIS VICTOR COSTA
Coordinador Técnico y de Proyectos
a/c Secretaría de Obras y Servicios Públicos
LUIS ENRIQUE SANTANA
Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural
a/c Secretaría de Deportes.
_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

DECRETO N° 063/2.018.
Concordia, 23 de enero de 2018

VISTO

Las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 173 “A”/2017 y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 5 del expediente de referencia obra nota con fecha 1 de Agosto del corriente, presentada por el Concejal Alberto Armanazqui, en la que informa la baja del agente contratado a su cargo Gastón Armanazqui, D.N.I. 37.702.690, y solicita el alta en el cargo al Sr. Héctor Rubén Rivero, D.N.I. 33.684.917.

Que a fs. 9 informa la Dirección de Recursos Humanos la situación de revista de dicho agente, el que fue incorporado a este Municipio el 01/06/2016 como personal contratado con aportes, dependiendo del Honorable Concejo Deliberante.

Que a fs. 9 vta. obra informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos, en el que se .establece que el requerimiento encuadra en una cuestión estrictamente discrecional.

Que a fs. 10 obra nota por la que el agente contratado Gastón Armanazqui, legajo N° 6556, eleva su renuncia al contrato de locación de servicios con aportes a partir del 1° de Agosto del corriente. Que el Honorable Concejo Deliberante ha tomado asimismo conocimiento de la situación.

Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, incisos b), h) y u), de la Ley N° 10.027, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTICULO 1°.- Acéptase la renuncia presentada por el agente contratado con aportes Gasten Armanazqui, legajo N° 6556, D.N.I. 37.702.690, dependiente del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2°.- Dispónese el alta del Sr. Héctor Rubén Rivero. D.N.I. 33.684.917, del contrato de locación de servicios con aportes a partir del 1° de Enero del 2018.

ARTICULO 3°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón e intervención. Cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Liquidaciones a los fines que correspondan y a fin de instrumentar las indicados en los

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda
MARCELO FABIAN SPINELLI
Director Gral. de Coordinación Scre. de Des. Humano y Salud
a/c Secretaría de Desarrollo Humano y Salud
Ing. LUIS VICTOR COSTA
Coordinador Técnico y de Proyectos
a/c Secretaría de Obras y Servicios Públicos
LUIS ENRIQUE SANTANA
Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural
a/c Secretaría de Deportes.
_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

DECRETO N° 064/2.018
Concordia, 23 de enero de 2018

VISTO

Las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 250 H/2017 y;

CONSIDERANDO

Que en el expediente de referencia obra nota presentada por el Concejal Amadeo Cresto, en la que solicita se proceda a modificar la modalidad del contrato sin aportes a contratos con aportes del agente Toledo Jorge Hugo, D.N.I. 25.630.229, legajo N° 9369.

Que el Honorable Concejo Deliberante ha tomado asimismo conocimiento de la situación.

Que el dictado de la presente norma, se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° de la Ley 10027, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello;

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTICULO 1°.- Disponer que el agente contratado sin aportes Jorge Hugo Ariel Toledo, legajo N° 9369, pase a ser contratado con aportes, conforme se adjunta como Anexo I; por el período 01/01/2018 al 30/06/2018, como excepción al Decreto N° 1100/2017, por los motivos invocados en el Considerando precedente.

ARTICULO 2°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón e intervención. Cumplimentado, dar conocimiento a la Dirección de Liquidaciones a los fines que correspondan y a fin de instrumentar las medidas administrativas pertinente, conforme a los detalles indicados en los artículos precedentes, como excepción al Decreto 1100/2017.

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda
MARCELO FABIAN SPINELLI
Director Gral. de Coordinación Scre. de Des. Humano y Salud
a/c Secretaría de Desarrollo Humano y Salud
Ing. LUIS VICTOR COSTA
Coordinador Técnico y de Proyectos
a/c Secretaría de Obras y Servicios Públicos
LUIS ENRIQUE SANTANA
Secretario de Comunicación y Desarrollo Cultural
a/c Secretaría de Deportes.
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DECRETO N° 065/2.018
Concordia, 23 de enero del 2018

Visto:

La Ordenanza N° 36.662/2017, Expediente 3.284-DE, y;

CONSIDERANDO:

Que por dicha Ordenanza se crea el Concurso a la Mejor Fachada Ornamentada con motivo de los festejos navideños denominados “Concordia en Navidad”, que consiste en la selección de las tres mejores fachadas ornamentadas y/o decoradas con motivos navideños.

Que los premios que se establecen son: primer premio eximición de pago de la Tasa General Inmobiliaria, año 2018, en un cien (100) por ciento, durante los seis (6) primeros meses; segundo premio eximición de pago del setenta y cinco (75) por ciento de la Tasa General Inmobiliaria año 2018 por un período de tres (3) meses; tercer premio eximición de pago de la Tasa General Inmobiliaria del cincuenta (50) por ciento por un período de tres (3) meses.

Que este Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Decreto N° 1328/2017, conformó el Jurado de Evaluación, con las siguientes personas: Paulo Tisocco, Director de Ceremonial en representación del Departamento Ejecutivo; Concejal Alberto Zadoyco Rodríguez en representación del Honorable Concejo Deliberante y la Arq. Dolores Ulle en representación del- Colegio de Arquitectos.

Que la inscripción se realizó a través de la página de internet creada a tal efecto.

Que en fecha 8 de enero del 2018 el Jurado del concurso se reunió, luego de recorrer los frentes de las familias inscriptas, dando a conocer su veredicto de acuerdo al acta obrante en el expediente administrativo.

Por ello:

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Determinar el Orden de Mérito del Concurso a la Mejor Fachada Ornamentad con motivo de los Festejos Navideños, denominado “Concordia en Navidad”, a los siguientes vecinos:

1 ° Premio: Familia Arovi con, domicilio en Las Heras N° 216.
2° Premio: Familia Diez con domicilio en Federación N° 1584.
3° Premio: Familia Pupo con domicilio en Presidente Illia N° 252.

ARTÍCULO 2°.- Notificar a la Dirección de Rentas que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 36.662/2017, Expediente 3.284-DE, corresponde aplicar las siguientes eximiciones:

1°.- Premio; Propietario: Arovi Héctor Félix, con domicilio en Las Heras N° 216, Partida Provincial 2763, Partida Municipal 13649, Urbano, eximición de pago de la Tasa General Inmobiliaria, año 2018, en un cien (100) por ciento, durante los seis (6) primeros meses.
2° Premio: Propietario: Diez Sergio Nicolás, con domicilio en Federación N° 1584, Partida Provincial 120351, Partida Municipal 5102, eximición de pago del setenta y cinco (75) por ciento de la Tasa General Inmobiliaria año 2018 por un período de tres (3) meses.
3° Premio: Propietario: Pupo Antonio Eduardo, con domicilio en Presidente Illia N° 252, Partida Provincial 114127, Partida Municipal 1656, eximición de pago de la Tasa General Inmobiliaria del cincuenta (50) por ciento por un período de tres (3) meses.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese con copia a los interesados en los domicilios expresados en los artículos 1° y 2° del presente.

ARTÍCULO 4°.- De forma.

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda.
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DECRETO N° 066/2.018
Concordia, 23 de enero de 2018

VISTO la solicitud de contrato con aporte, de la Srta. María de los Ángeles Carnero y,

CONSIDERANDO:

Que en razón de necesidad de contar con personal en la Dirección de Rentas, para la realización de tareas de Fiscalización Externa, se considera oportuno realizar esta nueva contratación con aporte para cumplir con los objetivos de la mencionada coordinación.

Que por lo expuesto este Departamento Ejecutivo considera conveniente confeccionar el contrato pertinente por el término de seis (6) meses a partir del 19/11/2017 y hasta el 19/05/2018, sin que dicha medida afecte la situación financiera del municipio.

Que la Secretaria de Economía y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 modificada por la Ley N° 10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello,

EL PRÉSIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la Contratación con Aporte de la Srta. María de los Ángeles Carnero, estableciendo en dicho contrato la modalidad y el monto a percibir. Dejase establecido que la mencionada será afectada a la tarea de Fiscalización Externa, por el término de seis (6) meses a partir del 19/11/2017 y hasta el 19/05/2018 a fin de dar cumplimiento a las funciones y objetivos fijados para dicha Dirección; según lo expresado en los considerando precedentes y como excepción a lo dispuesto en el Decreto N° 1100/17.-

ARTICULO 2°.- A los efectos de su toma de razón pase a la Dirección de Recursos Humanos, cumpliendo pase a la Dirección de Liquidación a los efectos dispuesto en el Artículo 1°.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda
MARCELO FABIAN SPINELLI
Director Gral. de Coordinación Scre. de Des. Humano y Salud
a/c Secretaría de Desarrollo Humano y Salud
Ing. LUIS VICTOR COSTA
Coordinador Técnico y de Proyectos
a/c Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
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DECRETO N° 067/2.018
Concordia, 23 de enero de 2.018

VISTO que el Secretario de Obras y Servicios Públicos, M.M.O. JORGE MENDIETA, Documento Nacional de Identidad N° 21.775.305, se encuentra haciendo uso de su licencia anual correspondiente; y,

CONSIDERANDO:

Que se estima pertinente poner a cargo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, al Señor Coordinador General de Gestión y Relaciones Institucionales, Ing. CARLOS SEBASTIÁN SCEVOLA, Documento Nacional de Identidad N° 27.425.627, sin perjuicio- de sus funciones específicas, a partir del día 25/01/2018 y hasta tanto dure la ausencia de su titular.

Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por Artículo 107°, Inciso u) de la ley 10027 y su Modificatoria, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Encárgase la atención de la Secretaría de Obras y Servicio Públicos al Señor Coordinador General de Gestión y Relaciones Institucionales, Ing. CARLOS SEBASTIÁN SCEVOLA, Documento Nacional de Identidad N° 27.425.627, a partir del día 25/01/2018 y mientras dure la ausencia de su titular, sin perjuicio de sus funciones.

ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese dese a la Secretaría de Gobierno y cumplido archívese.-

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Ing. LUIS VICTOR COSTA
Coordinador Técnico y de Proyectos
a/c Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
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DECRETO N° 068/2.018.
Concordia, 24 de enero de 2018

VISTO que se debe ausentar en horas de la mañana de la ciudad, el Señor Presidente Municipal, Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO, por temas relacionados con la Administración Municipal y,

CONSIDERANDO:

Que se estima pertinente poner a cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Señor Secretario de Gobierno, Don ALFREDO DANIEL FRANCOLINI.

Que estima pertinente encomendar la Secretaria de Gobierno, a la Sra. Secretaría de Economía y Hacienda, Cra. MONICA LIFSCHITZ, sin perjuicio de sus funciones específicas.

Que en consecuencia corresponde proceder a dictar la presente disposición.

Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Poner a, cargo de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, al Señor Secretario de Gobierno, Don ALFREDO DANIEL FRANCOLINI, a partir del día de la fecha y en horas de la mañana.

ARTICULO 2°.- Encomendar la Secretaria de Gobierno, a la Sra. Secretaría de Economía y Hacienda, Cra. MONICA LIFSCHITZ, sin perjuicio de sus funciones específicas.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo.
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DECRETO N° 069/2.018
Concordia, 24 de enero de 2018

VISTO el Decreto N° 734/17, de fecha 26/07/2017  es pertinente realizar la continuidad del mismo y; 

CONSIDERANDO:

Que en razón de necesidad y bregando por la seguridad de los edificio públicos de la Municipalidad de Concordia, se considera oportuno promover la continuidad del personal contratado sin aportes de personas para cubrir objetivos donde la seguridad es primordial para el resguardo de los bienes y de las personas.

Que la presente continuidad, fue omitida y se corresponde a la continuidad del Decreto N° 051/2018 de fecha 19/01/2018.

Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente confeccionar los contratos por el término de seis (6) meses a partir, del 01/01/2018 y hasta el 30/06/2018, sin que dicha medida afecte la situación financiera del municipio.

Que la Secretaria de Economía y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107, Inciso ñ), q) y u) de la Ley Nº 10027 modificada por la Ley N° 10.027 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la continuidad del personal Contratado sin aportes; YACOB, GONZALO MARCELO - DNI. 29.014.029 - Legajo N° 9465 - por un importe de $ 12000 (doce mil) pesos. Dejase establecido que el agentes aquí contratado se encuentra afectado a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y supervisado por la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal en razón de sus tareas, por el termino de seis (6) mese a partir del 01/01/2018 y hasta el 30/06/2018 a fin de dar cumplimiento a las funciones y objetivos fijados; según lo expresado en los considerando precedentes y como excepción a lo dispuesto en el Decreto N° 1100/17.-

ARTICULO 2°.- A los efectos de su toma de razón pase a la Dirección de Recursos Humanos,  cumpliendo pase a la Dirección de Liquidación a los efectos dispuesto en el Artículo 1°.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
a/c Dpto. Ejecutivo Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda
a/c Secretaría de Gobierno
MARCELO FABIAN SPINELLI
Director Gral. de Coordinación Scre. de Des. Humano y Salud
a/c Secretaría de Desarrollo Humano y Salud
CARLOS SEBASTIAN SCEVOLA
Coordinador General de Gestión y Relaciones Institucionales
a/c Secretaria de Obras y Servicios Públicos.
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DECRETO N° 070/2.018
Concordia, 24 de enero de 2.018

VISTO, la continuidad del Decreto N° 051 de fecha 19/01/2018 y en particular su ANEXO N° II - correspondiente al rubro contratados sin aportes y;

CONSIDIRANDO:

Que en razón de necesidad y bregando por la seguridad de los edificio públicos de la Municipalidad de Concordia, se considera oportuno promover cambios en el personal contratado sin aportes que presta servicios en seguridad, todo ello, para cubrir objetivos donde la seguridad es primordial para el resguardo de los bienes y de las personas, optimizando los recursos humanos.

Que en función de las no renovaciones que se proponen, este Departamento Ejecutivo considera conveniente confeccionar los nuevos contratos por el término de seis (6) meses a partir del 01/01/2018 y hasta el 30/06/2018, sin que dicha medida afecte la situación financiera del municipio.

Que la Secretaria de Economía y Hacienda ha tomado la intervención de su competencia.

Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 modificada por la Ley N° 10.027-: Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Disponese la BAJA a partir del 01/01/2018 de los contratados sin aportes; Peralta, Rodrigo Nahuel -  DNI 35.558.210; Medina Matías Gastón – DNI 34.040.039, Pucheta, Maximiliano E. – DNI 33.684.800, Pucheta, Fernando D. – DNI 31.537.022, Osorio, Gonzalo Sebastián – DNI 31.274.100, obrante en el Anexo Nº II del Decreto 051/2018 de fecha 19/01/2018.

ARTICULO 2°.- Dispónese el ALTA de los contratados sin aportes González, Gabriel Alexis – DNI 37.702.600, Servin, Juan Ramón – DNI 16.010.023; Villanueva, Luis Alberto – DNI 37.565.494; Giménez Barthelemi – DNI 34.455.593, Ríos, Carlos Epifanio – DNI 20.528.237; según el considerando precedente y de acuerdo a lo expresado en el ANEXO N° I del Presidente Decreto. Dejase establecido que los agentes contratados sin aportes, serán afectados a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y supervisados por la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal, en razón de sus tareas, por el termino de seis (6) meses a partir del 01/01/2018 y hasta el 30/06/2018 a fin de dar cumplimiento a las funciones y objetivos fijados; según lo expresado en los considerando precedentes y como excepción a lo dispuesto en el Decreto N° 1100/17.-

ARTICULO 3°.- A los efectos de su toma de razón pase a la Dirección de Recursos Humanos, cumpliendo pase a la Dirección de Liquidación a los efectos dispuesto en el Artículo 1°.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
a/c Dpto. Ejecutivo Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda
a/c Secretaría de Gobierno
MARCELO FABIAN SPINELLI
Director Gral. de Coordinación Scre. de Des. Humano y Salud
a/c Secretaría de Desarrollo Humano y Salud
CARLOS SEBASTIAN SCEVOLA
Coordinador General de Gestión y relaciones Institucionales
a/c Secretaria de Obras y Servicios Públicos.
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DECRETO N° 071/2.018
Concordia, 24 de enero de 2018

VISTO el Decreto N° 622/17 y Decreto N° 1206/17, de fecha 28/11/2017 - es pertinente realizar la continuidad de los mismos y;

CONSIDERANDO:

Que en razón de necesidad y bregando por la seguridad de los edificio públicos de la Municipalidad de Concordia, se considera oportuno promover la continuidad del personal contratado sin aportes de personas para cubrir objetivos donde la seguridad es primordial para el resguardo de los bienes y de las personas.

Que la presente continuidad, fue omitida y se corresponde a la continuidad del Decreto N° 051/2018 de fecha 19/01/2018.

Que este Departamento Ejecutivo considera conveniente confeccionar los contratos por el término de seis (6) meses a partir, del 01/01/2018 y hasta el 30/06/2018, sin que dicha medida afecte la situación financiera del municipio.

Que la Secretaria de Economía y Hacienda ha  tomado la intervención de su competencia.

Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 modificada por la Ley N° 10.082- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la continuidad del personal Contratado sin aportes; ZALAZAR, SERGIO FABIAN·- DNI. 35.713.56.0 - Legajo N° 9451 - por un importe de $ 12000 (doce mil) pesos establecido que el agentes aquí; contratado se encuentra afectado a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y supervisado por la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal en razón de sus tareas, por el termino de seis (6) mese a partir del 01/01/2018 y hasta el 30/06/2018 a fin de dar cumplimiento a las funciones y objetivos fijados; según lo expresado en los considerando precedentes y como excepción a lo dispuesto en el Decreto N° 1100/17.-

ARTICULO 2°.- A los efectos de su toma de razón pase a la Dirección de Recursos Humanos, cumpliendo pase a la Dirección de Liquidación a los efectos dispuesto en el Artículo 1°.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
a/c Dpto. Ejecutivo Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda
a/c Secretaría de Gobierno
MARCELO FABIAN SPINELLI
Director Gral. de Coordinación Scre. de Des. Humano y Salud
a/c Secretaría de Desarrollo Humano y Salud
CARLOS SEBASTIAN SCEVOLA
Coordinador General de Gestión y relaciones Institucionales
a/c Secretaria de Obras y Servicios Públicos.
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DECRETO N° 072/2.018
Concordia, 24 de enero de 2018

VISTO que se encuentra activa y operativa la tarjeta de crédito “Tarjeta Caja Mixta” de la Caja Municipal de Préstamos S.E.M., y;

CONSIDERANDO:

Que la tarjeta antes mencionada representa un beneficio para los empleados municipales, ya que a través de su uso pueden acceder a diferentes productos y servicios a costos razonables y eventualmente a financiación con tasas de mercado.

Que el dictado de la norma, se efectúa en uso de la atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107 de la Ley N° 10.027, Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos y sus respectivas modificaciones.

Por ello,

EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la habilitación del código de descuento N° 595 en los recibos de haberes de los empleados municipales que así lo autoricen mediante el cual se retendrá a favor de la Caja Municipal de Préstamos S.E.M. el monto que surja del resumen que mensualmente emitirá la referida entidad, para ser utilizado en forma exclusiva para los importes correspondientes al resumen de la Tarjeta de Crédito “Tarjeta Caja Mixta”.

ARTICULO 2°.- Establécese como fecha tope para que los listados presentados a la Dirección de Liquidaciones de la Municipalidad de Concordia sean liquidados en el mes en curso, el día 18 de cada mes.

ARTICULO 3°.- Autorícese a la Dirección de Liquidaciones a instrumentar las medidas pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese.-

ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Secretario de Gobierno y Turismo
a/c Dpto. Ejecutivo Municipal
Cra. MONICA LILIANA LIFSCHITZ
Secretaria de Economía y Hacienda
a/c Secretaría de Gobierno.