Tasa General Inmobiliaria

La Tasa General Inmobiliaria es la contraprestación pecuniaria que debe efectuarse al Municipio por los servicios de:

Barrido, riego, carpido, recolección de residuos, abovedamientos, zanjas, arreglo de calles, desagües y alcantarillas, su conservación y mantenimiento, forestación y poda de árboles y demás servicios por los que no se prevean gravámenes especiales, siendo obligatorio su pago por los propietarios de los inmuebles que se beneficien directa o indirectamente con todo o algunos de los servicios enumerados.

 


Las principales tareas realizadas por este Departamento:
  • Tareas Coordinadas con la Dirección de Informática para adecuar el Sistema Tributario a las modificaciones de la Ordenanza Tributaria en todo lo referente a los nuevos avalúos.
  • Atención de los casos particulares de contribuyentes afectados por la inundación.
  • Emisión y reparto de boletas.
  • Extensión de Certificados de libre deuda.
  • Afectación, imputación y control de los pagos por Cajas Externas.
  • Emisión de informes de exención solicitada por jubilados, empleados municipales.
  • Atención al Público.