Secretaría de Deportes

ORDENANZA Nº 35596

ARTÍCULO 14º: COMPETE a la SECRETARIA DE DEPORTES, en general asistir al Departamento Ejecutivo en todo lo inherente al deporte en todas sus variantes, incorporando para ello programas de actividad física y deporte social como herramientas de intervención para implementar las políticas en relación al Desarrollo Humano, tanto en el ámbito público como en el privado, posicionando al deporte como medio para la construcción de relaciones y habilidades sociales que permiten fortalecer la construcción del tejido social; entendiendo en particular en:

  1. La promoción del deporte como instrumento para la integración social, facilitando la participación de todos los sectores de la sociedad dedicados a la práctica deportiva.

  2. La difusión e incorporación de las prácticas deportivas en las distintas instituciones, fomentando la creación de centros de capacitación deportiva de carácter inicial y de alto rendimiento.

  3. El fomento del perfeccionamiento y contención de los agentes deportivos, contribuyendo al fortalecimiento de los clubes deportivos existentes y a crearse.

  4. La promoción, asistencia, fiscalización y ejecución de las políticas vinculadas con la actividad deportiva como ente de gestión deportiva municipal.

  5. La promoción y reglamentación de las condiciones para la realización de eventos deportivos, actividad de los gimnasios, centros de cultura física, deportiva y gimnástica en la Ciudad.

  6. La elaboración de normas reglamentarias y recomendaciones en general vinculadas a las condiciones edilicias y de infraestructura de los ámbitos donde se practique la actividad deportiva.

  7. La aplicación, interpretación y cumplimiento de las normas en materia de actividad deportiva y física.

  8. La coordinación de acciones tendientes al fomento, desarrollo y difusión de la actividad deportiva y física de manera directa o indirecta, por sí o bien asociada a entidades públicas o privadas para el cumplimiento de sus fines.

  9. La coordinación en la promoción del deporte y actividad física con entes públicos y/o privados de jurisdicción internacional, nacional, provincial y/o municipal y también fiscalizar el cumplimiento de la normativa deportiva vigente.

  10. El auspicio y patrocinio para la realización de eventos, propios o de terceros que resulten de interés Nacional y Provincial, y cualquier emprendimiento que resulte de interés para el deporte.

  11. Las demás competencias que se establecen en la orgánica de cada Dirección, Coordinación, Departamento, Sección ú Área que corresponda a la Secretaria.