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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Los siguientes Decretos y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 085/2.026, 087/2.026, 091/2.026 093/2.026, 104/2.026 y 105/2.026.
DECRETO Nº 085/2.026.Concordia, 02 de Febrero de 2.026.
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 2963 ¨D¨ 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Catastro eleva Ficha para Transferencia, correspondiente a los Planos de Mensura Nº 85457, Nº 85458, Nº 85459, Nº 85460 y Nº 85461, Tomo 21, Folio 289, año 1950, propiedad de Roque Pavese, donde se requiere la regularización de la situación dominial de un inmueble, Chacra Nº 12, efectuando la donación de dos fracciones para equipamiento público, otra para calle pública, otra para calle Los Azahares y otra para calle Las Margaritas, conforme al cumplimiento de las funciones establecidas en el Título 3 Punto 3.2.2. del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial, Transferencia del Dominio de los Espacios Públicos, a los efectos de cumplimentar con lo dispuesto por el mencionado punto se solicita proceda a efectuar las correspondientes inscripciones de los inmuebles a favor del Municipio en el Registro Público de la Propiedad.
Que a fojas 2 y fojas 3, obran actas de donación de los Señores Roque Mario PAVESE, D.N.I. Nº 11.255.333 y Ester Irma SCHIRO, D.N.I. Nº 13.198.300, Raúl Pascual PAVESE, D.N.I. Nº 12.781.755, viudo de su primeras nupcias de María Rosa TISOCCO; y María Sonia PAVESE, D.N.I. Nº 22.402.389, casada en primeras nupcias con Marcelo SATTO, domiciliados en calle Ecuador Nº 275 de Villa Adela y en su carácter de herederos del propietario Roque PAVESE, L.E. Nº 1.895.499, mediante la cual, efectúan la donación de la superficie a inscribir, según documentación adjunta al presente, y se encuentra en condiciones de ofrecer en donación el inmueble de referencia.
Que de fojas 9 a 10 vuelta, obra ficha para la transferencia del espacio donado destinado a Calle Pública, Plano de Mensura Nº 85457 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en Avda. Pte. Perón S/N (fracción de calle), con una superficie total de Cuatrocientos Ochenta Metros Cuadrados (480,00 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (11-12) al rumbo S 42º 41’ E de 12,00 m. lindando con calle pública.
- Sureste: Recta (12-13) al rumbo S 47º 19’ O de 40,00 m. lindando con Avda. Presidente Perón.
- Suroeste: Recta (13-14) al rumbo N 42º 41’ O de 12,00 m. lindando con calle pública.
- Noroeste: Recta (14-11) al rumbo N 47º 19’ E de 40,00 m. lindando con los lotes 3, 2 y 1 de Roque Pavese.
Que de fojas 11 a 12 vuelta, obra ficha para la transferencia del espacio donado destinado a Calle Pública, Plano de Mensura Nº 85458 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en calle Dr. Roberto R. Tenerani S/N, dista 87,31 m. de Avda. Pte. Perón al este (fracción de calle), con una superficie total de Seiscientos Metros Cuadrados (600,00 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (6-7) al rumbo S 42º 41’ E de 15,00 m. lindando con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
- Sureste: Recta (7-18) al rumbo S 47º 19’ O de 40,00 m. lindando con el lote 6 de Roque Pavese.
- Suroeste: Recta (18-19) al rumbo N 42º 41’ O de 15,00 m. lindando con calle Roberto R. Tenerani.
- Noroeste: Recta (19-6) al rumbo N 47º 19’ E de 40,00 m. que linda con el lote 7 de Roque Pavese.
Que de fojas 13 a 14 vuelta, obra ficha para la transferencia del espacio donado destinado a Equipamiento Público, Plano de Mensura Nº 85459 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en calle Dr. Roberto R. Tenerani Nº 91, con una superficie total de Doscientos Ochenta y Cinco Metros Cuadrados, Ochenta y Ocho Decímetros Cuadrados (285,88 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (3-4) al rumbo S 42º 41’ E de 11,70 m. lindando con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
- Sureste: Recta (4-21) al rumbo S 47º 19’ O de 40,00 m. lindando con el lote 8 de Roque Pavese.
- Suroeste: Recta (21-22) al rumbo N 42º 41’ O de 2,59 m. lindando con calle Roberto R. Tenerani.
- Noroeste: Recta (22-3) al rumbo N 34º 30’ E de 41,02 m. que linda con el lote D de Roque Pavese con destino a calle Las Margaritas.
Que de fojas 15 a 16 vuelta, obra ficha para la transferencia del espacio donado destinado a Calle Pública, Plano de Mensura Nº 85460 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en calle Dr. Roberto R. Tenerani S/N, dista 170,22 m. de Avda. Pte. Perón al este (fracción de calle), con una superficie total de Mil Trescientos Noventa y Cinco Metros Cuadrados, Cuatro Decímetros Cuadrados (1395,04 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (2-3) al rumbo S 42º 41’ E de 34,88 m. lindando con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
- Sureste: Recta (3-22) al rumbo S 34º 30’ O de 41,02 m. lindando con el lote C de Roque Pavese con destino a equipamiento público.
- Suroeste: Recta (22-23) al rumbo N 42º 41’ O de 34,88 m. lindando con calle Roberto R. Tenerani.
- Noroeste: Recta (23-2) al rumbo N 34º 30’ E de 41,02 m. que linda con el lote E de Roque Pavese con destino a equipamiento público.
Que de fojas 17 a 18 vuelta, obra ficha para la transferencia del espacio donado destinado a Equipamiento Público, Plano de Mensura Nº 85461 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en calle Dr. Roberto R. Tenerani Nº 105, con una superficie total de Mil Cuarenta y Seis Metros Cuadrados, Ochenta y Ocho Decímetros Cuadrados (1046,88 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (1-2) al rumbo S 42º 41’ E de 21,62 m. lindando con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
- Sureste: Recta (2-23) al rumbo S 34º 30’ O de 41,02 m. lindando con el lote D de Roque Pavese con destino a calle Las Margaritas.
- Suroeste: Recta (23-24) al rumbo N 42º 41’ O de 30,72 m. lindando con calle Roberto R. Tenerani.
- Noroeste: Recta (24-1) al rumbo N 47º 19’ E de 40,00 m. que linda con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
Que el Departamento Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención de su competencia.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso u), de la Ley 10.027 y su modificatoria, régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Acéptese la donación realizada por los Señores Roque Mario PAVESE, D.N.I. Nº 11.255.333 y Ester Irma SCHIRO, D.N.I. Nº 13.198.300, Raúl Pascual PAVESE, D.N.I. Nº 12.781.755, viudo de su primeras nupcias de María Rosa TISOCCO; y María Sonia PAVESE, D.N.I. Nº 22.402.389, casada en primeras nupcias con Marcelo SATTO, domiciliados en calle Ecuador Nº 275 de Villa Adela y en su carácter de herederos del propietario Roque PAVESE, L.E. Nº 1.895.499 correspondiente a los Planos de Mensura Nº 85457, Nº 85458, Nº 85459, Nº 85460 y Nº 85461, Tomo 21, Folio 289, año 1950, cuyo inmuebles cuentan con espacios destinados a calles públicas y equipamiento público a favor de la Municipalidad de Concordia, conforme a los considerandos precedentes y a la siguiente descripción:
INMUEBLE I: espacio donado destinado a Calle Pública, Plano de Mensura Nº 85457 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en Avda. Pte. Perón S/N (fracción de calle), con una superficie total de Cuatrocientos Ochenta Metros Cuadrados (480,00 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (11-12) al rumbo S 42º 41’ E de 12,00 m. lindando con calle pública.
- Sureste: Recta (12-13) al rumbo S 47º 19’ O de 40,00 m. lindando con Avda. Presidente Perón.
- Suroeste: Recta (13-14) al rumbo N 42º 41’ O de 12,00 m. lindando con calle pública.
- Noroeste: Recta (14-11) al rumbo N 47º 19’ E de 40,00 m. lindando con los lotes 3, 2 y 1 de Roque Pavese.
INMUEBLE II: espacio donado destinado a Calle Pública, Plano de Mensura Nº 85458 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en calle Dr. Roberto R. Tenerani S/N, dista 87,31 m. de Avda. Pte. Perón al este (fracción de calle), con una superficie total de Seiscientos Metros Cuadrados (600,00 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (6-7) al rumbo S 42º 41’ E de 15,00 m. lindando con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
- Sureste: Recta (7-18) al rumbo S 47º 19’ O de 40,00 m. lindando con el lote 6 de Roque Pavese.
- Suroeste: Recta (18-19) al rumbo N 42º 41’ O de 15,00 m. lindando con calle Roberto R. Tenerani.
- Noroeste: Recta (19-6) al rumbo N 47º 19’ E de 40,00 m. que linda con el lote 7 de Roque Pavese.
INMUEBLE III: espacio donado destinado a Equipamiento Público, Plano de Mensura Nº 85459 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en calle Dr. Roberto R. Tenerani Nº 91, con una superficie total de Doscientos Ochenta y Cinco Metros Cuadrados, Ochenta y Ocho Decímetros Cuadrados (285,88 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (3-4) al rumbo S 42º 41’ E de 11,70 m. lindando con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
- Sureste: Recta (4-21) al rumbo S 47º 19’ O de 40,00 m. lindando con el lote 8 de Roque Pavese.
- Suroeste: Recta (21-22) al rumbo N 42º 41’ O de 2,59 m. lindando con calle Roberto R. Tenerani.
- Noroeste: Recta (22-3) al rumbo N 34º 30’ E de 41,02 m. que linda con el lote D de Roque Pavese con destino a calle Las Margaritas.
INMUEBLE IV: espacio donado destinado a Calle Pública, Plano de Mensura Nº 85460 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en calle Dr. Roberto R. Tenerani S/N, dista 170,22 m. de Avda. Pte. Perón al este (fracción de calle), con una superficie total de Mil Trescientos Noventa y Cinco Metros Cuadrados, Cuatro Decímetros Cuadrados (1395,04 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (2-3) al rumbo S 42º 41’ E de 34,88 m. lindando con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
- Sureste: Recta (3-22) al rumbo S 34º 30’ O de 41,02 m. lindando con el lote C de Roque Pavese con destino a equipamiento público.
- Suroeste: Recta (22-23) al rumbo N 42º 41’ O de 34,88 m. lindando con calle Roberto R. Tenerani.
- Noroeste: Recta (23-2) al rumbo N 34º 30’ E de 41,02 m. que linda con el lote E de Roque Pavese con destino a equipamiento público.
INMUEBLE V: espacio donado destinado a Equipamiento Público, Plano de Mensura Nº 85461 del Departamento Concordia – Municipio de Concordia – Ejido de Concordia – Colonia Adela – Sección 70 – Grupo 0 – Zona de Chacras – Chacra Nº 12, con domicilio parcelario en calle Dr. Roberto R. Tenerani Nº 105, con una superficie total de Mil Cuarenta y Seis Metros Cuadrados, Ochenta y Ocho Decímetros Cuadrados (1046,88 m2) cuyas medidas, límites y linderos son los siguientes:
- Al Noreste: Recta (1-2) al rumbo S 42º 41’ E de 21,62 m. lindando con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
- Sureste: Recta (2-23) al rumbo S 34º 30’ O de 41,02 m. lindando con el lote D de Roque Pavese con destino a calle Las Margaritas.
- Suroeste: Recta (23-24) al rumbo N 42º 41’ O de 30,72 m. lindando con calle Roberto R. Tenerani.
- Noroeste: Recta (24-1) al rumbo N 47º 19’ E de 40,00 m. que linda con Enrique H. Cresto (Partida Provincial Nº 33653).
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los gastos resultantes de la presente tramitación sean a cargo de la Municipalidad de Concordia.
ARTÍCULO 3º.- Facúltese a la Asesora Legal, Dra. María Magdalena PONTI, Matrícula Nº 5124 Fº 140 T I, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, a efectuar las gestiones administrativas y/o judiciales, tendientes a cumplimentar las inscripciones de dominio del inmueble en cuestión.
ARTÍCULO 4º.- Gírese a conocimiento del Departamento Asesoría Legal dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, debiéndose dar intervención a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Rentas, ambas dependientes de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
----------DECRETO N° 087/2.026
Concordia, 2 de febrero de 2.026.
VISTO la realización de la Sexta fiesta de Los Pescadores Artesanales que se llevará a cabo el día 15 de Febrero del corriente año en el predio del comedor Pal Rio ubicado en la costanera de la ciudad de Concordia y,
CONSIDERANDO:
Se trata de una celebración popular que busca revalorizar una identidad fuertemente arraigada en nuestra cultura ribereña. Se entiende que además de ser un medio de vida es un elemento central de nuestra cultura que se quiere poner en valor.
Esta fiesta fue pensada para Compartir con el conjunto de familias de la ciudad, los turistas que la visitan dando un espacio de encuentro y celebración que construya a la recuperación y difusión en la comunidad Cultural de Concordia.
Alrededor de la pesca artesanal existen una gran cantidad de saberes y prácticas culturales transmitidas de generación en generación que forman parte de nuestra identidad.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal, por el Artículo 107° de la Ley 10.027, modificada a través de la Ley N° 10.082-Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello:
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- DECLARAR de Interés Municipal a la Sexta Fiesta de Los Pescadores Artesanales que se llevará a cabo el día 15 de Febrero del corriente año en el predio del comedor Pal Rio ubicado en la costanera de la ciudad de Concordia, en virtud de los considerandos expuestos precedentemente.
ARTICULO 2°.- Comunicar a los interesados, Presidentes de la Asociación de Pescadores Artesanales de Zona Sur de Concordia y de la Cooperativa de Pescadores Unidos de Benito Legeren.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Ing. SEBASTIAN ARISTIDE
Secretario de Desarrollo Humano.
----------DECRETO N° 091/2.026.
Concordia, 2 de febrero de 2.026
VISTO que se desarrollará en nuestra Ciudad el Curso semestral de formación de nuevos vacunadores "HABLEMOS UN MISMO IDIOMA", el cual cuenta con el aval del Programa Ampliado de Inmunizaciones y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo está dirigido a personal de los Centros de Salud Municipales, Provinciales y a estudiantes del 30 año de la carrera de enfermería con orientación en atención primaria.
Que el cursado correspondiente al año 2026, será semipresencial, desde el mes de Marzo a Septiembre de 2026.
Que esta actividad, cuenta con el aval de la Secretaría de Salud, la cual estableció, como condición para desarrollar tareas en vacunatorios, la aprobación del mismo.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°) Inciso u) de la Ley Provincial N° 10.027 y modificatorias - Régimen Municipal.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Declárese de Interés Municipal el Curso semestral de formación de nuevos vacunadores "HABLEMOS UN MISMO IDIOMA", el cual cuenta con el aval del Programa Ampliado de Inmunizaciones, destinado al personal de los Centros de Salud Municipales, Provinciales y a estudiantes del 3° año de la carrera de enfermería con orientación a atención primaria, en virtud a los considerandos precedentes.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
JUAN C. IMOBERDOFF
Director de Administración y Despacho
a/c Secretaría de Salud.
----------DECRETO Nº 093/2.026.
Concordia, 04 de Febrero de 2.026.
VISTO, el Acta de Apertura de fecha 05/01/2026, de la Licitación Pública Nº 04/2021 “CONCESION DE PANTEONES, SEPULTURAS Y BOVEDAS EN EL CEMENTERIO NUEVO MUNICIPAL”, obrante en el presente Expediente Interno Nº 37 Letra “D”/2026, y;
CONSIDERANDO:
Que obras nota de elevación de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Acta de Apertura.
Que obra Propuesta de la Sra. Magdalena Herminia MARTINEZ; DNI 20.457.043, ofreciendo abonar PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 151.200,00), pagaderos en una (1) cuota, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que obra documentación presentada por el oferente.
Que obra Propuesta del Sr. Mariano Javier COSTABEL, D.N.I. N° 27.739.789, ofreciendo abonar PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 169.200,00).
Que obra documentación presentada por el oferente.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 06 de Enero de 2026 en la que se informa que los oferentes cumplen con la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares aconseja adjudicar a:
Magdalena Herminia MARTINEZ; DNI 20.457.043, el sector 2, panteón 366, por un importe total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 151.200,00), pagaderos en una (1) cuota.
Mariano Javier COSTABEL, D.N.I. N° 27.739.789, el sector 3, panteón 57, ofreciendo abonar PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 169.200,00), pagaderos en una (1) cuota.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial Nº 10.027/11- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 04/2021 “CONCESION DE PANTEONES, SEPULTURAS Y BOVEDAS EN EL CEMENTERIO NUEVO MUNICIPAL”, cuyos antecedentes obran en el expediente Nº 382”U”/2017.
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a la Sra. Magdalena Herminia MARTINEZ; DNI 20.457.043, el Panteón 366, Sector 2 por un total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 151.200,00), pagaderos en una (1) cuota, según el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 3°.- Adjudíquese Sr. Mariano Javier COSTABEL, D.N.I. N° 27.739.789, el Panteón 57, Sector 3, por un total de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 169.200,00), pagaderos en una (1) cuota.
ARTICULO 4°.-Dispóngase que el pago del mismo se realice en las instalaciones del Cementerio Nuevo Municipal.
ARTICULO 5º.- Dispóngase que a través de la Contaduría Municipal se proceda a la devolución de los depósitos de garantía respectivo, conforme lo dispuesto en los Pliegos de la Licitación en cuestión.
ARTICULO 6º.- Notifíquese a la Sra. Magdalena Herminia MARTINEZ; DNI 20.457.043 con domicilio en calle Gregoria Pérez N° 1348 B° Pierrestegui, de nuestra ciudad y a el Sr. Mariano Javier COSTABEL, D.N.I. N° 27.739.789 con domicilio San Ramón y Artigas S/S- Colonia Ayui, de nuestra ciudad, a través de la Dirección de Compras y Suministros de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese y dese a la Secretaría de Gobierno y Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda, oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------DECRETO N° 104/2.026
Concordia, 6 de febrero de 2.026
VISTO lo establecido en los Artículos 38° y 216° del Código Tributario Municipal - Ordenanza N°38.538, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1.420/2025 se establecieron los vencimientos para cada una de las tasas y contribuciones de la Ordenanza N° 35.538 – Código Tributario Municipal, Parte Especial – que se operan a partir del 1° de enero de 2.025.
Que resulta necesario modificar la fecha de vencimiento correspondiente al 1° Anticipo, inciso a) Tasa General Inmobiliaria e inciso b) Tasa por Servicios Sanitarios, a fin de adecuarla al calendario de recaudación.
Que la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia, no encontrando objeciones legales que formular a su texto.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º de la Ley Nº 10.207 – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modifícase en el Decreto N° 1.420/2025 la fecha de vencimiento correspondiente al 1° Anticipo del Artículo 1°, incisos a) Tasa General Inmobiliaria y b) Tasa por Servicios Sanitarios, la que quedará establecida de la siguiente manera:
1° Vencimiento: 24/02/2026 - 2° Vencimiento: 24/02/2026
ARTICULO 2°.- Se autoriza al Ente Descentralizado de Obras Sanitarias a aplicar descuento de hasta el veinticinco por ciento (25%) adicional a los establecidos en el Artículo 57° de la Ordenanza Tributaria 2026 N° 38.777, en tanto se cumplan con las metas presupuestarias establecidas para el año 2026. El presente artículo es dictado ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, remítase a través de ésta copia autenticada a la Dirección de Rentas y a la Dirección de Informática y luego archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------DECRETO Nº 105/2.026.
Concordia, 06 de Febrero de 2.026.
VISTO, el contenido del Expediente Digital Nº 1233 del año 2025, que surge de la Solicitud de Compra Digital Nº 1349 del año 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1289/2025 del 19/11/2.025, se dispone el llamado a Licitación Pública N° 29/2025, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES ELECTRICOS", solicitado por la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Subsecretaría de Servicios Públicos – Sec. de Servicios Públicos
Que mediante el mismo Decreto se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirán el presente llamado a Licitación Pública N° 29/2025.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que la Dirección de Presupuesto indica que la presente erogación se debe imputar en la Partida Presupuestaria: 3.1.90.01.01.02.20.07.01 Servicios Públicos $ 15.305.500,00.-
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tomado intervención de su competencia autorizando la presente erogación.
Que obra Acta de Apertura de fecha 05/12/2025, donde consta que la Dirección de Compras y Suministros procedió a la apertura de las ofertas de la Licitación Pública N° 29/2025, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES ELECTRICOS”:
- GUERRERO ELECTRICIDAD S.R.L. cotizando lo solicitado por un total de PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NUEVE CON 00/100 ($9.272.709,00).
- GASTON DANIEL VICENTIN cotizando parcialmente lo solicitado por un total de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS ($ 17.402.772,00), no cotiza ítem 2 y 18.
- RIGELEC S.R.L. cotizando parcialmente lo solicitado por un total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 67/100 ($5.327.251,67), no cotiza ítem 21.
- ADRIANA ARACELI BURNA cotizando lo solicitado por un total de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 7.532.460,00).
- IGNACIO DANIEL TROVATO ANITELLO cotizando lo solicitado por untotal de PESOS DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 53/100 (12.500.000,53).
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 10 de diciembre de 2025, donde consta que se presentaron cinco (5) ofertas correspondientes a:
1. GUERRERO ELECTRICIDAD S.R.L.: $9.272.709,00 (Cotiza la totalidad de solicitado).
2. GASTON DANIEL VICENTIN: $17.402.772,00 (Cotización parcial, faltan ítems 2 y 18).
3. RIGELEC S.R.L.: $5.327.251,67 (Cotización parcial, falta ítem 21).
4. ADRIANA ARACELI BURNA: $7.532.460,00(Cotiza la totalidad de solicitado).
5. IGNACIO DANIEL TROVATO ANITELLO: $12.500.000,53(Cotiza la totalidad de solicitado).
Que analizadas las ofertas en su aspecto formal se verifica que:
- ADRIANA ARACELI BURNA: Cumple con la totalidad de la documentación.
- GASTON DANIEL VICENTIN: No presentó el comprobante de depósito de garantía de mantenimiento de oferta (Inciso f, Art. 6°), y se considera inadmisible.
- RIGELEC S.R.L.: No presentó el comprobante de depósito de garantía de mantenimiento de oferta (Inciso f, Art. 6°), y se considera inadmisible.
- GUERRERO ELECTRICIDAD S.R.L.: Debe presentar declaración jurada de jurisdicción, constitución de domicilio (físico y electrónico) y comprobante de pago de póliza N° 155512, y es intimado a subsanar.
- IGNACIO DANIEL TROVATO ANITELLO: Debe presentar marcas de mercadería, pago de póliza N° 155853, sellado municipal ($200) y comprobante de adquisición del pliego, y es intimado a subsanar.
Que el área técnica realiza la evaluación de lo cotizado emitiendo el informe correspondiente en el GESCOM.
Que la Comisión Evaluadora aconseja se adjudique de acuerdo al siguiente detalle:
- GUERRERO ELECTRICIDAD S.R.L.: por un importe total de PESOS OCHOCIENTOS CUATRO MIL DOCE CON 00/100 ($ 804.012,00)
- ADRIANA ARACELI BURNA: por un importe total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 5.973.460,00).
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 118° inc. a) de la Ordenanza N°34.698 se consulto en el SIPAM y se constató que el oferente no posee deuda exigible en la Tasa Comercial.
Que a fojas 14 del Expediente 2384 Pago Compra Digital, la Contaduría Municipal observa que en el Artículo 4° del Decreto Adjudicación N° 006/22026 de fecha 06/01/2026, no coincide el importe que se dispone imputar con el monto adjudicado.
Que verificado el error es menester rectificar el mencionado Decreto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027–Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjese sin efecto el Decreto N° 006/2026 de fecha 06/01/2026, según lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Digital Nº 1233 del año 2025, correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 29/2025, para la "ADQUISICIÓN DE MATERIALES ELECTRONICOS”, según lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 3º.- Adjudíquese a la firma GUERRERO ELECTRICIDAD S.R.L.: por un importe total de PESOS OCHOCIENTOS CUATRO MIL DOCE CON 00/100 ($ 804.012,00), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 4º.- Adjudíquese a la firma Adriana Araceli Burna por un importe total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 5.973.460,00), según detalle obrante en el ANEXO I, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 5°.- Declárense Inadmisibles, las ofertas de GASTON DANIEL VICENTIN, y RIGELEC S.R.L. y
ARTICULO 6°.- Declárese desestimada la oferta de IGNACIO DANIEL TROVATO ANITELLO.
ARTICULO 7°.- Impútese la presente erogación en la partida: 3.1.90.01.01.02.20.07.01 Servicios Públicos $ 6.777.472,00, del presupuesto de gastos vigente, debiendo remitirse a la Dirección de Presupuesto a los efectos de que se realicen los ajustes necesarios, y acordes al presente gasto.
ARTÍCULO 8º.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 11º del Pliego de Bases y Condiciones, comunicando la Adjudicación.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. ALEJANDRO E. LOPEZ
Secretario de Servicios Públicos.
----------EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. Pérez Mercedes Alicia D.N.I N° 21.697.960, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 634/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Pérez Mercedes Alicia, Cazatti Jessica Analia, Bordon Sandra Gabriela, Villalba Cecilia Agustina, Caceres Rita Analia, Garcia Claudia Carolina, mediante Telegramas Laborales de fechas, 09, 12, 14, 16 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-. ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 19 de FEBRERO del 2.026.-
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. Pérez Mercedes Alicia D.N.I N° 21.697.960, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 634/2026 de fecha 04 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Pérez Mercedes Alicia, Cazatti Jessica Analia, Bordon Sandra Gabriela, Villalba Cecilia Agustina, Caceres Rita Analia, Garcia Claudia Carolina, mediante Telegramas Laborales de fechas, 09, 12, 14, 16 de Enero del 2026 en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-. ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 19 de FEBRERO del 2.026.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. GOMEZ MARGARITA SOLEDAD D.N.I N° 32.217.618, que atento al intento de notificación en fecha 06 de Febrero de 2026, de que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 611/2026 de fecha 02 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Gómez Margarita Soledad y Valenzuela Víctor Facundo, mediante telegramas laborales de fecha 22 de Enero de 2026, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-.
ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, de FEBRERO del 2.026
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. GOMEZ MARGARITA SOLEDAD D.N.I N° 32.217.618, que atento al intento de notificación en fecha 06 de Febrero de 2026, de que se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 611/2026 de fecha 02 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Gómez Margarita Soledad y Valenzuela Víctor Facundo, mediante telegramas laborales de fecha 22 de Enero de 2026, en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-.
ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, de FEBRERO del 2.026
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La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. Bordagaray Andrés Sebastián D.N.I N° 25.597.801, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 041/2026 de fecha 15 de Enero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- Dispónese la instrucción del Sumario Administrativo al Agente Municipal Bordagaray Sebastián Andrés, Legajo N° 5641, D.N.I. N° 25.597.801, con prestación de servicio en este Municipio desde el 1° de Marzo de 2014, dependiente de la Subsecretaria de Comunicación y Prensa, revista como personal mensualizado Categoría 12°, ante la gravedad de los hechos denunciados consistentes en no haberse presentado a prestar servicios durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2025 y la existencia de incumplimientos de las obligaciones que le compete como personal de la Administración Pública Municipal en cualquiera de sus categorías de acuerdo a lo previsto en el artículo 16° incisos a) — efectuar una prestación personal adecuada y eficaz de servicio con sujeción a las reglamentaciones vigentes y b) observar buena conducta.- Correspondería encuadrar "prima facie" el accionar del agente prenombrado dentro de las previsiones establecidas en el 31° de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49 expresa textualmente "Son causas para la separación del empleo: a) Inasistencia injustificada que excede de quince días hábiles en el año", en un todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos precedentes.- ARTICULO 2°.- Desígnese Instructor Sumariante a la Dra. Celina Evelyn González.- ARTICULO 3°.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y archívese.- Fdo. Dr. FRANCISCO AZCUE Presidente Municipal de Concordia. Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 23 de FEBRERO del 2.026.-
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QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
Concordia, 23 de FEBRERO del 2.026.-
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. TORRES RUBEN NESTOR MAXIMILIANO D.N.I N° 37.564.254, Legajo N° 6514, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 129/2026 de fecha 19 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo 6514, dependiente de la Dirección de Cementerios Municipales dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, el Área de Control Horario, División Control del Personal Municipal y la División de Higiene y Seguridad Laboral, según informes de registro de Entradas y Salidas, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber:
27/06/2025 30/06/2025 01/07/2025 03/07/2025 10/07/2025 11/07/2025 14/07/2025 15/07/2025 16/07/2025 17/07/2025 18/07/2025 21/07/2025 22/07/2025 23/07/2025 24/07/2025 25/07/2025 28/07/2025 29/07/2025 30/07/2025 31/07/2025 01/08/2025 04/08/2025 05/08/2025 06/08/2025 07/08/2025 08/08/2025 11/08/2025 12/08/2025 13/08/2025 14/08/2025 18/08/2025 19/08/2025 20/08/2025 21/08/2025 22/08/2025 25/08/2025 26/08/2025 27/08/2025 28/08/2025 29/08/2025 01/09/2025 02/09/2025 03/09/2025 04/09/2025 05/09/2025 08/09/2025 09/09/2025 10/09/2025 11/09/2025 12/09/2025 14/09/2025 15/09/2025 16/09/2025 17/09/2025 18/09/2025 19/09/2025 22/09/2025 23/09/2025 24/09/2025 25/09/2025 26/09/2025 30/09/2025 01/10/2025 02/10/2025 03/10/2025 06/10/2025 07/10/2025 08/10/2025 09/10/2025. Que su conducta "prima facie" podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Artículo 16° incisos a) y d); 31° inciso a) y 39° incisos c), d), e), f) y g) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina E. González, del Departamento Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 24 de FEBRERO del 2.026.
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. TORRES RUBEN NESTOR MAXIMILIANO D.N.I N° 37.564.254, Legajo N° 6514, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Decreto N° 129/2026 de fecha 19 de Febrero del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Instrucción de un Sumario Administrativo al Agente Mensual RUBEN NESTOR MAXIMILIANO TORRES, Legajo 6514, dependiente de la Dirección de Cementerios Municipales dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Secretaría de Servicios Públicos, por no haber presumiblemente concurrido a su lugar de trabajo a prestar servicios de acuerdo a las inasistencias acreditadas por la Dirección de Recursos Humanos, el Área de Control Horario, División Control del Personal Municipal y la División de Higiene y Seguridad Laboral, según informes de registro de Entradas y Salidas, obrantes en los Expedientes mencionados en el visto del presente, como presunción de ausencia a saber:
27/06/2025 30/06/2025 01/07/2025 03/07/2025 10/07/2025 11/07/2025 14/07/2025 15/07/2025 16/07/2025 17/07/2025 18/07/2025 21/07/2025 22/07/2025 23/07/2025 24/07/2025 25/07/2025 28/07/2025 29/07/2025 30/07/2025 31/07/2025 01/08/2025 04/08/2025 05/08/2025 06/08/2025 07/08/2025 08/08/2025 11/08/2025 12/08/2025 13/08/2025 14/08/2025 18/08/2025 19/08/2025 20/08/2025 21/08/2025 22/08/2025 25/08/2025 26/08/2025 27/08/2025 28/08/2025 29/08/2025 01/09/2025 02/09/2025 03/09/2025 04/09/2025 05/09/2025 08/09/2025 09/09/2025 10/09/2025 11/09/2025 12/09/2025 14/09/2025 15/09/2025 16/09/2025 17/09/2025 18/09/2025 19/09/2025 22/09/2025 23/09/2025 24/09/2025 25/09/2025 26/09/2025 30/09/2025 01/10/2025 02/10/2025 03/10/2025 06/10/2025 07/10/2025 08/10/2025 09/10/2025. Que su conducta "prima facie" podría quedar comprendida y/o incursa dentro de lo normado en el Artículo 16° incisos a) y d); 31° inciso a) y 39° incisos c), d), e), f) y g) de la Ordenanza de Escalafón N° 11.275/49, y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Desígnese Instructora Sumariante a la Dra. Celina E. González, del Departamento Sumarios dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Concordia, 24 de FEBRERO del 2.026.
