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SUMARIO
Los siguientes Decretos y Resolución Edos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.082/2.025, 1.119/2.025 y 1.121/2.025.- Resolución Edos: 1.232/2.025.-
DECRETO Nº 1.082/2.025.Los siguientes Decretos y Resolución Edos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Decretos: 1.082/2.025, 1.119/2.025 y 1.121/2.025.- Resolución Edos: 1.232/2.025.-
Concordia, 15 de Septiembre de 2.025.
VISTO el proceso de Licitación Pública N° 13/2025 “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS PARA MÓDULOS Y COMEDORES” Decreto N° 1010/2025 y,
CONSIDERANDO:
Que la licitación antes mencionada, se refiere a la “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS PARA MÓDULOS Y COMEDORES”, tramitada mediante Expediente de Compra Digital N° 628 – Solicitud 1078, destinada para atención a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica, asistidas con alimentos desde la Dirección de Asistencia Social dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
Que el presente trámite fue autorizado mediante Decreto N° 666/2025 de fecha 2 de Julio de 2025.
Que la Dirección de Presupuesto, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda, ha autorizado el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que se realizaron las publicaciones correspondientes.
Que obra Acta de Apertura de fecha 21 de Julio de 2025, en donde se informa que abierta la primera oferta resulta ser de la firma BURAGLIA S.R.L. quien cotiza la totalidad de lo solicitado a un importe total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($236.199.500,00), presenta marcas de las mercaderías cotizadas. Abierta la segunda oferta resulta ser de la firma TUX S.A. y cotiza la totalidad por un importe total de PESOS DOSCIENTOS TRECE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 213.520.875,00) y presenta marcas de los productos. Abierta la tercera oferta corresponde a la firma PARTARRIE DISTRIBUCIONES S.A.S. que cotiza por un importe total de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL ($173.424.000,00) y eleva marcas de los artículos cotizados. Abierta la cuarta y última oferta resulta ser de la firma LEONARDO MIGUEL KLOSTER quien cotiza lo solicitado por un importe total de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($166.152.500,00) y presenta marcas de los productos cotejados.
Que en sistema digital de compras obra documental correspondiente a las ofertas presentadas por las firmas.
Que en Dictamen efectuado por la Comisión Evaluadora en fecha 21 de julio del 2025, se informa que analizadas las ofertas presentadas en Acto de Apertura, se observa que la firma BURAGLIA S.R.L. cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El oferente TUX S.A. no presenta la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. La firma PARTARRIE DISTRIBUCIONES S.A.S. no eleva en la presentación la totalidad de los documentos requeridos en el mencionado Pliego. La proveedora LEONARDO MIGUEL KLOSTER no cumple con la documentación correspondiente al comprobante de Depósito de Garantía de mantenimiento de la oferta y de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el incumplimiento de este inciso produce la Inadmisibilidad de la oferta, asimismo presenta comprobante de sellado y de compra de Pliego en un formato no procesable (JPG). A su vez se comunica que el representante del área solicitante, manifiesta que es intención de la Subsecretaría de Desarrollo Social solicitar a los oferentes, muestras de los productos cotizados, por lo que la Comisión accede a la petición. Por todo lo expuesto, la Comisión Evaluadora decide intimar a las firmas admisibles BURAGLIA S,R,L,, TUX S.A. y PARTARRIE DISTRIBUCIONES S.A.S. a la presentación de la documentación faltante y de las muestras de mercaderías en el plazo establecido en la normativa vigente.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 31 de julio del 2025 en donde se informa que el día 21 de julio del corriente año fueron intimadas las firmas BURAGLIA S.R.L., TUX S.A. y PARTARRIE DISTRIBUCIONES S.A.S. a la presentación de la documentación faltante solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y muestras de mercadería cotizada. A la fecha se verifica que el único oferente que cumple con la totalidad de lo solicitado es la firma BURAGLIA S.R.L.. Analizada la única oferta admisible en su aspecto económico se observa que:
| Presupuesto Oficial | Buraglia S.R.L. | ||||||
| Ítem | Descripción | Cant. | P. Unit. | P. Total | P. Unit. | P. Total | % Dif. |
| 1 | Arroz 0000 x 1 kg. | 15000 | $ 1.350,00 | $ 20.250.000,00 | $ 756,00 | $ 11.340.000,0 | -44% |
| 2 | Fideo Guisero x 500 grs. | 15000 | $ 620,00 | $ 9.300.000,00 | $ 575,00 | $ 8.625.000,00 | -7.60% |
| 3 | Harina de Trigo 000 x 1 kg. | 15000 | $ 600,00 | $ 9.000.000,00 | $ 595,00 | $ 8.925.000,00 | -0.83% |
| 4 | Azúcar blanca x 1 kg. | 15000 | $ 800,00 | $ 12.000.000,00 | $ 738,00 | $ 11.070.000,00 | -7.75% |
| 5 | Leche en polvo x 800 grs. | 16000 | $ 4.300,00 | $ 68.800.000,00 | $ 7.260,00 | $ 116.160.000,00 | 68.84% |
| 6 | Puré de Tomate x 520 grs. | 15000 | $ 620,00 | $ 9.300.000,00 | $ 595,00 | $ 8.925.000,00 | -4.03% |
| 7 | Harina de Maíz x 1 Kg. | 13000 | $ 980,00 | $ 12.740.000,00 | $ 715,00 | $ 9.295.000,00 | -27.04% |
| 8 | Cacao en polvo x 360 grs. | 13000 | $ 1.550,00 | $ 20.150.000,00 | $ 1.390,00 | $ 18.070.000,00 | -10.32% |
| 9 | Lenteja x 400 grs. | 13000 | $ 1.050,00 | $ 13.650.000,00 | $ 865,00 | $ 11.245.000,00 | -17.62% |
| 10 | Aceite de Girasol x 900 ml. | 13000 | $ 2.000,00 | $ 26.000.000,00 | $ 2.099,00 | $ 27.287.000,00 | 4.95% |
| 11 | Yerba Mate x 500 grs. | 4000 | $ 1.590,00 | $ 6.360.000,00 | $ 1.090,00 | $ 4.360.000,00 | -31.45% |
| 12 | Grasa Bovina comestible x 1 kg. | 250 | $ 4.500,00 | $ 1.125.000,00 | $ 3.590,00 | $ 897.500,00 | -20.22% |
| PRECIO TOTAL | $208.675.000,00 | $ 236.199.500,00 | |||||
Asimismo la Comisión Evaluadora expresa que el área solicitante en GESCOM realiza análisis y adjudicación a la firma BURAGLIA S.R.L. y solicita efectuar un Segundo Llamado para el ítem 5, con el objetivo de obtener una mejora en los precios. Por todo lo expuesto la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar de acuerdo al siguiente detalle:
| Ítem | Título | Cant. | Precio Unit. Cotizado | P. Total | Marcas | ||
| 1 | Arroz 0000 x 1 kg. | 15000 | $ 756,00 | $ 11.340.000,0 | Campo Nuevo | ||
| 2 | Fideo Guisero x 500 grs. | 15000 | $ 575,00 | $ 8.625.000,00 | Sol Pampeano | ||
| 3 | Harina de Trigo 000 x 1 kg. | 15000 | $ 595,00 | $ 8.925.000,00 | Reinharina | ||
| 4 | Azúcar blanca x 1 kg. | 15000 | $ 738,00 | $ 11.070.000,00 | Lym | ||
| 6 | Puré de Tomate x 520 grs. | 15000 | $ 595,00 | $ 8.925.000,00 | La Huerta | ||
| 7 | Harina de Maíz x 1 Kg. | 13000 | $ 715,00 | $ 9.295.000,00 | Lopani | ||
| 8 | Cacao en polvo x 360 grs. | 13000 | $ 1.390,00 | $ 18.070.000,00 | Ital | ||
| 9 | Lenteja x 400 grs. | 13000 | $ 865,00 | $ 11.245.000,00 | La Criolla | ||
| 10 | Aceite de Girasol x 900 ml. | 13000 | $ 2.099,00 | $ 27.287.000,00 | Legitimo | ||
| 11 | Yerba Mate x 500 grs. | 4000 | $ 1.090,00 | $ 4.360.000,00 | Nuñez | ||
| 12 | Grasa Bovina comestible x 1 kg. | 250 | $ 3.590,00 | $ 897.500,00 | La Cordobesa | ||
| TOTAL | $ 120.039.500,00 | ||||||
Que el total adjudicado asciende a la suma total de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($120.039.500,00) y resulta un 14,18 % inferior a la Imputación Preventiva.
Que obra Decreto a fs. 67 del presente, Adjudicando a la firma “BURAGLIA S.R.L” Los items 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, en Articulo 7° del mismo se solicita a la Dirección de Compras y Suministros el 2do llamado para el ítem 5, correspondiente a leche en polvo x800gr con marcas especificadas.
Que se hicieron las publicaciones correspondientes.
Que obra Acta de Apertura de fecha 08 de septiembre del 2025, en donde se informa que abierta la primera oferta resulta ser de la firma “ DEL INTERIOR S.A” quien cotiza lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL ($119.904.000,00.-) presenta marcas de la mercadería. Abierta la segunda oferta resulta ser de la firma “COPACABANA S.A” cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS SETENTA MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($70.480.000,00.-) no específica marca del producto. Abierta la tercer y última oferta, resulta ser de la firma “LEONARDO MIGUEL KLOSTER” cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($55.200.000,00.-) presenta marcas de la mercadería cotizada.
Que en el Sistema digital de compras obra documental correspondiente a las ofertas presentadas por las firmas.
Que el Dictamen efectuado, por la comisión evaluadora en la fecha 10 de Septiembre de 2025, se informa que analizadas las ofertas presentadas en Acto de Apertura, se observa que la firma “DEL INTERIOR S.A” cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el pliego de bases y condiciones particulares. El oferente “COPACABANA S.A” no presenta la totalidad de la documentación solicitada en el pliego de bases y condiciones particulares, faltándole, sellado Municipal, presenta un comprobante de transferencia por un importe de Pesos Doscientos Mil con 00/100 ($200.000,00.-) lo que representa inferior al porcentaje solicitado, el incumplimiento del inciso e) del pliego de de bases y condiciones produce la inadmisibilidad de la oferta. La firma “LEONARDO MIGUEL KLOSTER”, cumple con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada en el pliego de bases y condiciones particulares.
| item | Titulo | Proveedor | P. Estimado | P. cotizado | Cantidad | % de diferencia |
| 5 | Leche En Polvo X 800gr | Del Interior S.A | $ 4,300.00 | $ 7,494.00 | 16000 | 74.28% |
| 5 | Leche En Polvo X 800gr | Kloster Leonardo Miguel | $ 4,300.00 | $ 3,450.00 | 16000 | -19.80% |
El área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y realiza la recomendación correspondiente en el GESCOM, por lo expuesto la comisión evaluadora aconseja adjudicar de acuerdo al siguiente detalle.
| item | Titulo | cant | Marca | P. Unidad | total |
| 5 | Leche En Polvo X 800gr | 16000 | Du Lait | $ 3,450.00 | $55.200.000,00. |
Que el total adjudicado asciende a la suma total de Pesos CINCUENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($55.200.000,00.-) y resulta un 19.80% inferior a la imputación preventiva.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso q) y u) de la Ley 10.027.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de Licitación Pública N° 13/2025 obrante en Expediente de Compra Digital N° 628 – Segundo llamado “ADQUISICION DE ALIMENTOS SECOS PARA MÓDULOS Y COMEDORES” y adjudíquese a la firma “KLOSTER LEONARDO MIGUEL” el ítem 5, cuyo detalle obra como Anexo del presente, por un importe total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($55.200.000,00.-)
ARTÍCULO 2°.- Declárese Inadmisible la oferta presentada por la firma “COPACABANA S.A”.
ARTÍCULO 3°.- Desestímese la oferta presentada por la firma “DEL INTERIOR S.A”.
ARTÍCULO 4°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 1° a la partida presupuestaria preventiva N°:
3.4.30.01.03.04.34.01 DESARROLLO SOCIAL $ 55.200.000,00.-
ARTICULO 5°.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64° de la Ordenanza N° 34.698, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Se notifique a la firma adjudicada y se proceda, oportunamente, a iniciar los trámites de Devolución del Depósito de Garantía correspondiente.
ARTÍCULO 6°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
NIEZ ROBERTO DOMINGO
Subsecretario de Desarrollo Social.
ANEXO
- KLOSTER LEONARDO MIGUEL
| Item | Titulo | Cantidad | Precio unitario cotizado | Precio total | Marcas |
| 5 | Leche En Polvo X 800gr | 16000 | $3.450,00 | $ 55.200.000,00. | DU LAIT |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
NIEZ ROBERTO DOMINGO
Subsecretario de Desarrollo Social.
----------DECRETO N° 1.119/2.025.
Concordia, 23 de septiembre de 2.025
VISTO el Expediente Interno N° 964 Letra "S"/2025, relacionado con los gastos por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($150.000,00) correspondiente a la Habilitación de la Caja Menor de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana dependiente de la Secretaria de Gobierno y,
CONSIDERANDO:
Que de fs. 03 a la 05 obran los comprobantes de los gastos efectuados con la referida Caja Menor.
Que la Directora de Presupuesto ha informado las partidas donde corresponde imputar dichos gastos.
Que la Secretaria de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha tomado conocimiento y la intervención de su competencia.
Que la contaduría Municipal ha realizado informe de su competencia.
Que se dio cumplimiento a la observación de la Contaduría Municipal.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027 — Régimen Municipal — modificada por la Ley Provincial N° 10.082; según T.O Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Aprobar la presente rendición de gastos por excepción al Decreto N° 146/2025, realizados con fondos de la a Caja Menor de la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, por el Subsecretario de Seguridad Lic. Purgad Claudio Alexis, D.N.I 26.033.245, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Interno N° 964 Letra "S"/2025. Y disponer el reintegro al responsable de la misma por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($150.000,00.)
ARTICULO 2°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 1° del presente Decreto en las partidas
| Imputación Partida N° | Gobierno | Importe |
| 3.2.90.01.01.02.21.03.02 | Mantenimiento y reparación de vehículos | $ 40,000.00 |
| 3.2.90.01.01.02.20.09.09 | Otros no especificados | $ 110.000,00 |
ARTICULO 3°.- Gírese a la Contaduría y a la Tesorería a sus efectos.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Dr. LUCIANO DELL`OLIO
Secretario de Gobierno.
----------DECRETO N° 1.121/2.025
Concordia, 14 de septiembre de 2.025.
VISTO que el saldo de ciertas partidas del Presupuesto General de la Administración Pública Municipal del Ejercicio Económico 2.025, es insuficiente para atender distintas erogaciones y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de dar solución a la situación descripta, la Dirección de Presupuesto ha aconsejado transferir de otras partidas a los fines de efectuar el refuerzo de las partidas a las que se hace mención en el Visto.
Que la presente transferencia se efectúa de conformidad a lo previsto en el Artículo 5° y 60 de la ordenanza N° 38.527.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por los Artículos 107° incisos q) y u) y 155° de la Ley N° 10.027- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Refuércense los créditos presupuestarios de las partidas del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.025 en los importes que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2°.- Transfiéranse los créditos presupuestarios de la partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Pública Municipal correspondiente al Ejercicio Económico 2.025 en el importe detallado en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir el refuerzo a que se refiere el Artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, por medio de la Secretaría de Gobierno al Concejo Deliberante.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
ANEXO I
3.1.01.01.01.01.10.02.03 D. Productivo 2,300,000
3.1.01.01.01.01.10.02.04 Juzgado De Faltas 1,300,000
3.1.50.01.01.01.10.04 Gobierno 500,000
3.1.90.01.01.01.10.01 D. Productivo 10,700,000
3.1.90.01.01.01.10.02.01 D. Productivo 4,100,000
3.1.90.01.01.01.10.02.03 D. Productivo 1,700,000
3.1.90.01.01.01.10.02.04 D. Productivo 400,000
3.1.90.01.01.01.10.04 Juzgado De Faltas 4,700,000
3.1.90.01.01.01.11.01 D. Productivo 4,600,000
3.1.90.01.01.01.11.02.01 D. Productivo 100,000
3.1.90.01.01.01.13 D. Productivo 4,800,000
3.2.90.01.01.01.10.02.02 Gobierno 3,100,000
3.2.90.01.01.01.11.05 Gobierno 1,400,000
3.5.90.01.01.01.10.02.03 D. Humano 1,700,000
3.7.30.01.01.01.10.02.02 D. Productivo 1,300,000
3.7.30.01.01.01.13 D. Productivo 200,000
3.7.90.01.01.01.13 Gobierno 200,000
3.4.90.01.03.04.34.25 Gobierno 50,000,000
3.2.70.01.01.02.10.01.04 D. Ambiental 5,000,000
3.3.50.01.01.02.20.04.04 Salud 1,500,000
3.2.70.01.01.02.20.04.05 D. Ambiental 8,000,000
3.1.90.01.01.02.20.03.02 Obras Pcas. 500,000
3.4.90.01.03.04.34.24 D. Ambiental 145,000,000
3.4.30.01.01.02.21.09.09 D. Social 1,000,000
3.7.90.02.05.08.61.01 Obras Pcas. 80,000,000
TOTAL 334,100,000
ANEXO II
3.1.90.01.01.01.10.03 D. Productivo 18,000,000
3.7.30.01.01.01.10.03 D. Productivo 7,800,000
3.1.90.01.01.01.10.03 Juzgado De Faltas 6,000,000
3.1.90.01.01.01.10.03 Gobierno 9,600,000
3.1.90.01.01.01.10.03 D. Humano 1,700,000
3.4.90.01.03.04.34.24 D Productivo 195,000,000
3.2.90.01.01.02.21.05.04 Servicios Pcos. 13,500,000
3.4.30.01.01.02.21.04.09 D. Social 1,000,000
3.3.10.01.01.02.21.04.10 Salud 1,500,000
3.3.20.02.05.08.61.01 Obras Pcas. 80,000,000
TOTAL 334,100,000
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cr. PABLO SEBASTIAN FERREYRA
Secretario de Coordinación de Gabinete y Hacienda.
----------RESOLUCIÓN EDOS N° 1.332/2025.-
Concordia, 7 de octubre de 2025.-
VISTO:
El expediente N° 97 "P"/2025 perteneciente al llamado a Licitación Pública N° 08/2025 para la "Adquisición de 15 toneladas de Gas Cloro Licuado en Tubos", y
CONSIDERANDO:
Que en dicho Expediente el Director de Producción solicita la compra de 15.000 kilos de Gas Cloro Licuado en Tubos.
Que la División de Compras y Suministros ha confeccionado el pliego de bases y condiciones particulares y especificaciones técnicas para la adquisición mencionada en el considerando anterior.
Que dicho gasto ha sido imputado por la División Presupuesto en la partida 20.06.
Que la fecha de apertura de las ofertas fue fijada para el día 03 de noviembre de 2025, a las 10:00 horas en la Oficina de Compras y Suministros del EDOS.
Que esta intervención ha autorizado el presente gasto.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza de Autarquía N° 31762 y su Decreto Reglamentario N 1046/24.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL E.D.O.S.
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Disponese aprobar la documentación correspondiente al llamado a Licitación Pública N° 98/2925 para la compra de 15.000 kilos de gas cloro licuado en tubos y al Pliego que como anexo integra la presente y que se identifica como "LICITACIÓN PUBLICA N° 08/2025 — "ADQUISICIÓN DE 15 TONELADAS GAS CLORO LICUADO EN TUBOS" - y cuyos antecedentes obran en Expediente. N° 97 P 2025.
ARTICULO 2°.- Apruébese el Presupuesto Oficial de pesos: ciento sesenta y cuatro millones quinientos mil con 00/100 ($ 164.500.000,00).
ARTICULO 3°.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones particulares.
ARTICULO 4°.- Girar a la División de Compras y Suministros a los efectos dispuestos, y, posteriormente, Regístrese, Notifíquese y oportunamente Archivase.
Cr. JAVIER DEL CERRO
Interventor Edos
LICITACIÓN PÚBLICA N° 08/2025
OBJETO: "ADQUISICIÓN DE 15 TONELADAS DE GAS CLORO LICUADO EN TUBOS".
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Retirar de la División de Compras y Suministros, Ente Descentralizado Obras Sanitarias, Concordia, Entre Ríos N° 1300, en días hábiles de 7 a 12 horas. Teléfono: 421-0021 Int 329. e-mail: compras.edos@gmail.com
APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 03 de Noviembre de 2025, a las 10:00 horas.
PRESUPUESTO OFICIAL: 164.500.000,00.
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 164.500,00).
