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SUMARIO
La siguiente Ordenanza, Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.955 y 38.956. Decretos: 930/2.026, 936/2.026, 937/2.026, 941/2.026, 943/2.026.
La siguiente Ordenanza, Decretos y Edicto conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Ordenanza: 38.955 y 38.956. Decretos: 930/2.026, 936/2.026, 937/2.026, 941/2.026, 943/2.026.
Concordia, 15 de Octubre de 2026.
Expte.Nº29.248-OO
ORDENANZA DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN CALLE SAN JUAN
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Establécese el doble sentido de circulación vehicular de calle San Juan, en el tramo comprendido entre las calles Antártida Argentina y Cabo 1º A.R.A. González.
ARTÍCULO 2º.- Dispónese, a través de las áreas correspondientes, la adecuación de la cartelería y señalización que indique el doble sentido de circulación dispuesto en el artículo 1º, así como la colocación de un cartel de “Contramano” en la intersección de las calles San Juan y Cabo 1º A.R.A. González, sobre la vereda suroeste.
ARTÍCULO 3º.- Dese amplia difusión pública a la presente norma para su correcto cumplimiento por parte de los conductores.
ARTÍCULO 4º.- Dese conocimiento a la Secretaría de Servicios Públicos, a la Dirección de Tránsito y Transporte y a las demás áreas pertinentes.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 15 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 19 de Octubre de 2.026.
ORDENANZA N° 38.955.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos.
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Concordia, 22 de Octubre de 2026.
Exptes. N° 29.323 P y 29.327 P
ORDENANZA DEROGA ORD. MUNICIPAL N° 34.338.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- DERÓGASE la Ordenanza N° 34.338, de adhesión a las disposiciones de la Ley Provincial N° 9.393, relativa a la regulación de Grandes Superficies Comerciales.
ARTÍCULO 2º.- ESTABLÉCESE que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día de su promulgación y publicación en el Boletín Oficial Municipal.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES "FEDERICO ZORRAQUÍN", 22 Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 22 de Octubre de 2.026.
ORDENANZA N° 38.956.
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 930/2.026.
Concordia, 8 de octubre de 2.026.
VISTO el proceso de Licitación Pública N° 28/2026 “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN PARA AYUDA – 2 LLAMADO” la cual se tramita en Expediente de Compra Digital N° 2658/2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la Licitación antes mencionada, se refiere a la adquisición de diferentes materiales de construcción para ser entregados a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica y habitacional atendidas desde la Dirección de Asistencia Social dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
Que mediante Decreto N° 597/2026 de fecha 1° de Julio del corriente año, se autoriza la realización de un 2° Llamado a Licitación Pública, debido a que el 1° Llamado fue dejado sin efecto a causa de un problema informático técnico en el envío de los archivos a los proveedores, lo que imposibilitó la presentación de las ofertas a las firmas interesadas en el presente proceso de contratación.
Que la Dirección de Presupuesto ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha autorizado el presente gasto.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que se efectuaron las publicaciones correspondientes.
Que obra Acta de Apertura de fecha 5 de Agosto del 2026 que expresa que se presentaron las siguientes empresas, que se enumeran a continuación por orden de aperturas:
- VICENTIN GASTON DANIEL cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON 80/100 ($1.433.673,80). Cotiza ítems 8, 12, 15, 16, 21 y 22. Presenta marcas y documental solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- MAYJO S.R.L. cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL CIENTO SESENTA ($12.660.160,00). Cotiza ítems del 11 a 20. Presenta marcas y documental solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- BENEDETTI SAICcotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($53.178.900,00). Cotiza ítems del 1 al 8. Presenta marcas y documental solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- RAGONE LUIS ALFREDO cotizando parcialmente lo solicitado a un importe total de PESOS CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($14.877.800,00). Cotiza del ítems 11 al 20. Presenta marcas y características de la mercadería cotizada. Presenta documental requerida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- CONSTRUCOM S.A. cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CUATRO CON 60/100 ($51.395.104,60). Presenta marcas y características de lo cotizado. Eleve documental requerida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- PRADES S.A. cotizando lo solicitado parcialmente a un importe de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 10/100 ($59.507.827,10). No cotiza ítems 5, 14 y 16. Eleva documental solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que obra Planilla Comparativa de las ofertas presentadas.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 12 de Agosto del 2026, que informa que en acto de apertura realizado el día 5 de Agosto del corriente año, se presentaron seis oferentes.
Que analizado el aspecto formal de las ofertas se verifica:
- VICENTIN GASTON DANIEL cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- MAYJO S.R.L. cumple con la totalidad de la documental requerida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- BENEDETTI SAIC cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, a excepción del Comprobante de Pago de la Póliza N° 258.750.
- RAGONE LUIS ALFREDO no cumple con la presentación del inc. d) y Comprobante de Pago de la Póliza N° 000001084472, documental solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- CONSTRUCOM S.A. no cumple con la presentación de los inc. f) y j), requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- PRADES S.A. no cumple con los incisos d), e), f), g), h) y j) solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Corresponde declarar la INADMISIBILIDAD de la oferta, debido al incumplimiento del inc. d), de acuerdo a lo establecido en el mencionado Pliego.
Que obra nuevo Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 24 de Agosto del 2026, que informa que en fecha 12 del mismo mes, se decidió intimar a las firmas BENEDETTI SAIC, RAGONE LUIS ALFREDO y CONSTRUCOM S.A. a la presentación de la documentación faltante en el plazo establecido en la normativa vigente. Al día de la fecha se verifica que cumplen con lo solicitado y se analizan en términos económicos las ofertas presentadas.
Que el área solicitante efectuó recomendación correspondiente en el sistema GESCOM y presentó una nota dirigida a la Comisión Evaluadora. En dicha presentación, solicitó que la Licitación se adjudique de forma global a un solo oferente, debido a su naturaleza y a que los beneficiarios retirarán los materiales del local comercial del proveedor mediante la presentación de vales.
Que analizada la solicitud, la Comisión Evaluadora observa que la diferencia de precios en los ítems 13, 15, 17,20 y 21, que originalmente correspondería adjudicar a otros proveedores, es inferior al 1 %. En consecuencia, se resuelve hacer lugar al pedido formulado por el Subsecretario de Desarrollo Social y aconsejar la adjudicación de la totalidad de lo solicitado a la firma CONSTRUCOM S.A. por un monto de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CUATRO CON 60/100 ($51.395.104,60), conforme al siguiente detalle:
| N° DE ÍTEM | Ítem | CANT. | P.U. | Total | |
| Marca/Características | |||||
| 1 | Chapa X Mts. Galvanizada N° 27-1 X1.10 Mts. | 1800 | $ 12.802,77 | $ 23.044.988,00 | |
| 2 | Bolsa Cemento Compuesto X 25 Kg. | 700 | $ 6.709,27 | $ 4.696.489,00 | |
| 3 | Bolsa Cemento Albañilería | 200 | $ 7.082,23 | $ 1.416.446,00 | |
| 4 | 4 Bolsa Cal Hidratada X 25 Kg. | 100 | $ 6.214,56 | $ 621.456,00 | |
| 5 | Varilla De Hierro Aleteado 4 Mm X 12 Mts. | 40 | $ 2.814,79 | $ 112.591,60 | |
| 6 | 6 Varilla De Hierro Aletedo X 6 Mm X 12 Mts. | 40 | $ 5.955,79 | $ 238.231,60 | |
| 7 | Varilla De Hierro Aleteado 8 Mm X 12 Mts. | 60 | $ 9.747,32 | $ 584.839,20 | |
| 8 | Alambre Negro N° 16 X 1 Kg. Unidad | 50 | $ 3.159,45 | $ 157.972,50 | |
| 9 | Ladrillo Cerámico Hueco 8x18x33 6t | 2000 | $614.66 | $ 1.229.320,00 | |
| 10 | Ladrillo Cerámico Hueco 12x18x33 6t | 12000 | $680.55 | $ 8.166.600,00 | |
| 11 | Inodoro Corto Loza (Tipo Onix) | 80 | $71.288.,77 | $ 5.703.101,60 | Inodoro Corto De Loza-Deca |
| 12 | Pack 2 Tornillos Para Fijación De Inodoro De Brc | 80 | $ 1.664,02 | $ 133.121,60 | Pack 2 Tornillos Para Fijación De Inodoro De Bronce 22 X 70 Mm-Rm |
| 13 | Depósito Para Inodoro Codo X 12 Lts. De Pvc Par | 80 | $ 35.189,36 | $ 2.815.148,80 | Depósito Para Inodoro Codo X 12 Lts.De Pvc Para Colgar - Dealer |
| 14 | Set Lavatorio Pvc, Flexible Con Sopapa, Descarga | 40 | $ 20.441,57 | $ 817.662,80 | Set Lavatorio Pvc Lavatorio 35 Cm X 26 Cm Flexible Pvc Sopapa 40 Mm Descarga Pvc Y Canilla Pvc |
| 15 | Canilla Esférica1/2” Pvc Blanco, Manija Palanca | 50 | $ 1.399,70 | $ 69.985,00 | Canilla Esférica Pvc ½ Latyn |
| 16 | Caño Polietileno Begro K6 ½ X Mts. | 500 | $ 283,46 | $ 141.730,00 | Caño Polietileno Negro K6 ½” X Mts. Bplast |
| 17 | Caño Rígido Pvc 2.2 Mm Ø 40 X 4 Mts. | 40 | $ 8.003,37 | $ 320.134,80 | Caño Rígido Pvc 2.2 Mm Ø 40 X 4 |
| 18 | CODO PVC 3.2 MM Ø 40 X 90ª H.H. | 40 | $ 504,80 | $ 20.192,00 | CODO PVC 3.2MM Ø 40 X 90a H.H. |
| 19 | Fuelle Conexión Para Inodoro De Goma Ø 40 (Tipo Esquel) | 80 | $ 1.087,49 | $ 86.999,20 | Fuelle Conexión Para Inodoro De Goma Ø 40 (Tipo Esquel) – Bplast |
| 20 | Sopapa Rejilla Pvc Ø 40 Desague Bacha | 80 | $ 3.116,04 | $ 249.283,20 | Sopapa Rejilla Pvc Ø 40 Desague |
| 21 | Clavo De Techo Cabeza De Plomo 3” X 1 Kg. | 40 | $ 12.880,81 | $ 515.232,40 | |
| 22 | Clavo Punta Paris 2” X 1 Kg. | 70 | $ 3.622,59 | $ 253.581,30 | |
| $ 51.395.104,60 |
Que el importe total adjudicado en el presente proceso de contratación asciende al monto total de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CUATRO CON 60/100 ($51.395.104,60), lo que resulta ser un 18.81 % inferior a la Imputación Preventiva.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 118° inc. a) de la Ordenanza N° 34.698se consulto en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda superior a 60 días en la Tasa Comercial.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso q) y u) de la Ley 10.027.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de Licitación Pública N° 28/2026 “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN PARA AYUDA – 2° LLAMADO” obrante en Expediente de Compra Digital N°2658/2026, conforme a lo establecido en Decreto N° 597/2026 de fecha 1° de Julio del corriente año y a lo estipulado en Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a la firma CONSTRUCOM S.A. la totalidad de los ítems solicitados, por un importe total de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO CUATRO CON 60/100 ($51.395.104,60), conforme a lo dispuesto en Anexo que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 3°.- Declárese Inadmisible la oferta presentada por la firma PRADES S.A. de acuerdo a lo determinado en Considerando que integra el presente Decreto.
ARTÍCULO 4°.- Declárense Desestimadas las ofertas elevadas por los oferentes VICENTIN GASTON DANIEL, MAYJO S.R.L., BENEDETTI SAIC y RAGONE LUIS ALFREDO, conforme lo expuesto en los Considerandos del presente Decreto.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a través de la Dirección de Compras y Suministros a las firmas CONSTRUCOM S.A., VICENTIN GASTON DANIEL, MAYJO S.R.L., BENEDETTI SAIC y RAGONE LUIS ALFREDO de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 6°.- Impútese el gasto aprobado en el Artículo 2°, a la Partida Presupuestaria Preventiva N°:
3.4.20.01.03.05.44.01 Desarrollo Social $ 51.395.104,60
ARTÍCULO 7°.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64° de la Ordenanza N° 34.698, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA y se proceda, oportunamente, a iniciar los trámites de Devolución del Depósito de Garantía correspondiente.
ARTÍCULO 8°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretario de Desarrollo Humano.
| N° DE ÍTEM | Ítem | CANT. | P.U. | Total | |
| Marca/Características | |||||
| 1 | Chapa X Mts. Galvanizada N° 27-1 X1.10 Mts. | 1800 | $ 12.802,77 | $ 23.044.988,00 | |
| 2 | Bolsa Cemento Compuesto X 25 Kg. | 700 | $ 6.709,27 | $ 4.696.489,00 | |
| 3 | Bolsa Cemento Albañilería | 200 | $ 7.082,23 | $ 1.416.446,00 | |
| 4 | 4 Bolsa Cal Hidratada X 25 Kg. | 100 | $ 6.214,56 | $ 621.456,00 | |
| 5 | Varilla De Hierro Aleteado 4 Mm X 12 Mts. | 40 | $ 2.814,79 | $ 112.591,60 | |
| 6 | 6 Varilla De Hierro Aletedo X 6 Mm X 12 Mts. | 40 | $ 5.955,79 | $ 238.231,60 | |
| 7 | Varilla De Hierro Aleteado 8 Mm X 12 Mts. | 60 | $ 9.747,32 | $ 584.839,20 | |
| 8 | Alambre Negro N° 16 X 1 Kg. Unidad | 50 | $ 3.159,45 | $ 157.972,50 | |
| 9 | Ladrillo Cerámico Hueco 8x18x33 6t | 2000 | $614.66 | $ 1.229.320,00 | |
| 10 | Ladrillo Cerámico Hueco 12x18x33 6t | 12000 | $680.55 | $ 8.166.600,00 | |
| 11 | Inodoro Corto Loza (Tipo Onix) | 80 | $71.288.,77 | $ 5.703.101,60 | Inodoro Corto De Loza-Deca |
| 12 | Pack 2 Tornillos Para Fijación De Inodoro De Brc | 80 | $ 1.664,02 | $ 133.121,60 | Pack 2 Tornillos Para Fijación De Inodoro De Bronce 22 X 70 Mm-Rm |
| 13 | Depósito Para Inodoro Codo X 12 Lts. De Pvc Par | 80 | $ 35.189,36 | $ 2.815.148,80 | Depósito Para Inodoro Codo X 12 Lts.De Pvc Para Colgar - Dealer |
| 14 | Set Lavatorio Pvc, Flexible Con Sopapa, Descarga | 40 | $ 20.441,57 | $ 817.662,80 | Set Lavatorio Pvc Lavatorio 35 Cm X 26 Cm Flexible Pvc Sopapa 40 Mm Descarga Pvc Y Canilla Pvc |
| 15 | Canilla Esférica1/2” Pvc Blanco, Manija Palanca | 50 | $ 1.399,70 | $ 69.985,00 | Canilla Esférica Pvc ½ Latyn |
| 16 | Caño Polietileno Begro K6 ½ X Mts. | 500 | $ 283,46 | $ 141.730,00 | Caño Polietileno Negro K6 ½” X Mts. Bplast |
| 17 | Caño Rígido Pvc 2.2 Mm Ø 40 X 4 Mts. | 40 | $ 8.003,37 | $ 320.134,80 | Caño Rígido Pvc 2.2 Mm Ø 40 X 4 |
| 18 | CODO PVC 3.2 MM Ø 40 X 90ª H.H. | 40 | $ 504,80 | $ 20.192,00 | CODO PVC 3.2MM Ø 40 X 90a H.H. |
| 19 | Fuelle Conexión Para Inodoro De Goma Ø 40 (Tipo Esquel) | 80 | $ 1.087,49 | $ 86.999,20 | Fuelle Conexión Para Inodoro De Goma Ø 40 (Tipo Esquel) – Bplast |
| 20 | Sopapa Rejilla Pvc Ø 40 Desague Bacha | 80 | $ 3.116,04 | $ 249.283,20 | Sopapa Rejilla Pvc Ø 40 Desague |
| 21 | Clavo De Techo Cabeza De Plomo 3” X 1 Kg. | 40 | $ 12.880,81 | $ 515.232,40 | |
| 22 | Clavo Punta Paris 2” X 1 Kg. | 70 | $ 3.622,59 | $ 253.581,30 | |
| $ 51.395.104,60 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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DECRETO N° 936/2.026.
Concordia, 09 de Octubre de 2.026.
VISTO el proceso de Licitación Pública N° 45/2026 “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS PARA MÓDULOS ALIMENTARIOS Y COMEDORES - 2° LLAMADO” que se tramita en Expediente de Compra Digital N° 3249/2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la licitación antes mencionada, se refiere a la adquisición de alimentos para ser entregados a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica que concurren a la Subsecretaría de Desarrollo Social y a Comedores Barriales no gubernamentales.
Que en Decreto de Adjudicación N° 769/2026 de fecha 26 de Agosto del 2026, se autoriza la documentación correspondiente para la realización del 2° LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N° 45/2026 “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS PARA MÓDULOS ALIMENTARIOS Y COMEDORES” del ítem referido a la provisión de leche entera en polvo por 400 grs. debido a que se declara Desierto en Primer Llamado a Licitación.
Que la Dirección de Presupuesto, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha autorizado el presente gasto.
Que en Sistema Digital de Compras obra notificación enviada desde la Dirección de Compras y Suministros a proveedores respecto del contenido obrante en Decreto de Adjudicación N° 769/2026.
Que en fojas digitales de Expediente de Compra Digital obran publicaciones pertinentes para la realización de 2° Llamado a Licitación Pública N° 45/2026 para la adquisición de leche entera en polvo por 400 grs.
Que obra Acta de Apertura de fecha 7 de Septiembre del 2026 correspondiente a 2° Llamado a Licitación Pública N° 45/2026 que informa que abierta la primera oferta resulta ser de la firma BERNASCONI JOSE MARIA y abierta la segunda y última oferta corresponde a la empresa MT GROUP S.A.
Que en Sistema Digital de Compras obra documental elevada por los oferentes.
Que obra Planilla Comparativa de 2° Llamado a Licitación Pública con recomendación del área solicitante.
Que obra informe de la Dirección de Bromatología correspondiente a las muestras presentadas por los oferentes de leche entera en polvo.
Que obra Dictamen de la Comisión Evaluadora de fecha 10 de Septiembre del 2026, que informa que en acto de apertura se presentaron dos ofertas correspondientes a:
- BERNASCONI JOSE MARIA cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL($35.350.000,00). Presenta marca y gramaje de lo cotizado.
- MT GROUP S.A. cotizando parcialmente lo solicitado, ítem 1, a un importe total de PESOS VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL($25.872.000,00). Presenta marca, gramaje y muestra de lo cotizado.
- BERNASCONI JOSE MARIA cumple con la presentación de la documentación solicitada en Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- MT GROUP S.A. cumple con la presentación de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
| PREVENTIVA | Bernasconi Jose Maria | Mt Group S.A. | |||||||
| Ítem | CANT | P.U | TOTAL | P.U. | Total | % | P.U. | Total | % |
| 2 Leche Entera En Polvo Por 400 Grs. | 7000 | $5.300,00 | $37.100.000,00 | $ 5.050,00 | $35.350.000,00 | -4.72 | $3.696,00 | $25.872.000,00 | -30.26 |
| $35.350.000,00 | $25.872.000,00 | ||||||||
Depósito de garantía $ 707.000,00 $ 517.440,00
Garantía Constituida $ 707.000,00 $ 742.000,00
Que el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y emite el informe correspondiente en el GESCOM.
Que en nota de la Dirección de Bromatología en la cual informa respecto a las muestras de leche en polvo entera instantánea fortificada con vitamina A y D libre de gluten marcas CREMIGAL y DU LAIT, se desprende, que ambas cuentan con sus respectivos R.N.E. y R.N.P.A. vigentes. Cabe destacar que la leche marca DU LAIT posee el número de lote y la fecha de vencimiento delebles, lo cual infringe la RESOLUCIÓN GMC N° 26/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA ROTULACIÓN DE ALIMENTOS ENVASADOS, por lo que la oferta correspondiente a la marca DU LAIT resulta técnicamente Inadmisible.
Que la oferta de BERNASCONI JOSE MARIA de la marca CREMIGAL reúne la totalidad de las condiciones técnicas y reglamentarias exigidas (rotulado, lote, vencimiento, R.N.E. y R.N.P.A.), encuadrándose su valor dentro del monto estimado en la Solicitud de Compra. En consecuencia, se determina la conveniencia de dar continuidad al procedimiento y adjudicar a favor de la citada oferta.
Que por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a la firma BERNASCONI JOSE MARIA por un importe total de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($35.350.000,00), lo que resulta ser un 4,72 % inferior a la Imputación Preventiva y de acuerdo al siguiente detalle:
| BERNASCONI JOSE MARIA | |||||
| Titulo | Marcas y Gramaje | Cantidad | P. Unitario | P. Total | |
|
|
LECHE ENTERA EN POLVO POR 400 GRS. | CREMIGAL POR 400 GRS. |
|
$5.050.00 | $35.350.000,00 |
| TOTAL | $35.350.000,00 | ||||
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 118° inciso a) de la Ordenanza N° 34.698 se consultó en el SIPAM y se constata que el oferente no posee deuda en la Tasa Comercial.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° inciso q) y u) de la Ley 10.027.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento de Licitación Pública N° 45/2026 “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SECOS PARA MÓDULOS ALIMENTARIOS Y COMEDORES - 2° LLAMADO” obrante en Expediente de Compra Digital N° 3249/2026, conforme a lo establecido en Decreto N° 769/2026 de fecha 26 de Agosto del corriente año y a lo estipulado en Pliego de Bases y Condiciones Particulares para el ítem correspondiente a Leche Entera en Polvo por 400 grs.
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese a la firma BERNASCONI JOSE MARIA por un importe total de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($35.350.000,00), conforme a lo establecido en Anexo que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 3°.- Declárese Inadmisible la oferta presentada por la firma MT GROUP S.A., de acuerdo a lo determinado en Considerando que integra el presente Decreto.
ARTÍCULO 4°.-Impútese el gasto aprobado en el Artículo 2°, a la Partida Presupuestaria Preventiva N°: 3.4.30.01.03.04.34.01 DESARROLLO SOCIAL $ 35.350.000,00.-
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a través de la Dirección de Compras y Suministros a las firmas BERNASCONI JOSE MARIA y MT GROUP S.A., de lo dispuesto en el presente.
ARTÍCULO 6°.- Dispóngase que a través de la Dirección de Compras y Suministros se de cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 64° de la Ordenanza N° 34.698, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA. Se notifique a la firma adjudicada y se proceda, oportunamente, a iniciar los trámites de Devolución del Depósito de Garantía correspondiente.
ARTÍCULO 7°.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros a sus efectos.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
ANEXO
| BERNASCONI JOSE MARIA | |||||
| Titulo | Marcas y Gramaje | Cantidad | P. Unitario | P. Total | |
|
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LECHE ENTERA EN POLVO POR 400 GRS. | CREMIGAL POR 400 GRS. |
|
$5.050.00 | $35.350.000,00 |
| TOTAL | $35.350.000,00 | ||||
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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DECRETO N° 937/2.026.
Concordia, 9 de octubre de 2.026.
VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente de Compra Digital N° 3890/2026, iniciadas por la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Secretaría de Servicios Públicos; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones ha realizado la Solicitud de Compra N° 4412/2026, para la "ADQUISICION DE ARTEFACTOS DE A°P° PARA COLUMNAS BAJAS EN AVENIDA GERARDO YOYA".
Que la Secretaría de Servicios Públicos ha tomado intervención de su competencia.
Que la Dirección de Presupuesto indica que la presente erogación se debe imputar en la Partida Presupuestaria: N ° 3.7.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 9.000.000,00.
Que la Subsecretaría de Hacienda y Modernización ha tomado intervención de su competencia autorizando la presente erogación.
Que obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros.
Que obra Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública N° 59/2026, para la "ADQUISICION DE ARTEFACTOS DE A°P° PARA COLUMNAS BAJAS EN AVENIDA GERARDO YOYA", cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS NUEVE MILLONES CON 00/100 ($9.000.000,00.-).
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley 10.027 y su modificatoria– régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Anexo I de la Licitación Pública N° 59/2026, para la "ADQUISICION DE ARTEFACTOS DE A°P° PARA COLUMNAS BAJAS EN AVENIDA GERARDO YOYA", obrante en el Expediente de Compra Digital N° 3890/2026.
ARTICULO 2°.- Dispóngase el PRIMER llamado a Licitación Pública N° 59/2026, para la "ADQUISICION DE ARTEFACTOS DE A°P° PARA COLUMNAS BAJAS EN AVENIDA GERARDO YOYA", conforme a lo considerado precedentemente.
ARTICULO 3°.- Dispóngase la realización de un SEGUNDO llamado de la presente Licitación Pública N° 59/2026, para la "ADQUISICION DE ARTEFACTOS DE A°P° PARA COLUMNAS BAJAS EN AVENIDA GERARDO YOYA", en caso de que el PRIMER llamado resulte desierto o sus ofertas sean declaradas inadmisibles o desestimadas.
ARTICULO 4°.- Fíjese el Presupuesto Oficial de la Licitación Pública N° 59/2026, en la suma total de PESOS NUEVE MILLONES CON 00/100 ($ 9.000.000,00.-).
ARTICULO 5º.- Autorícese a la Dirección de Compras y Suministros a efectuar los trámites administrativos pertinentes para la realización del proceso licitatorio, dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 6º.- Confórmese la Comisión Evaluadora de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado precedentemente.
ARTICULO 7º.- Gírese a la Dirección de Compras y Suministros para que notifique a las áreas que conforman la Comisión Evaluadora, y dé cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8º.- Impútese los gastos que demande la presente licitación en la siguiente partida presupuestaria vigente: N ° 3.7.90.02.05.08.61.01 Obras Públicas $ 9.000.000,00.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos.
ANEXO I
Descripción:
Artefacto LED alumbrado público de 100W, cuerpo aluminio inyectado de una sola pieza monolítica. Tecnología multiled. Tensión de alimentación rango 85-265V, factor potencia 0,90. Vida útil 50.000 horas o superior. Driver independiente o integrado multitensión. Angulo de apertura 120° a 140°.
Temperatura de color blanco frío. Fijación a de columna de 60 mm. de diámetro c/brazo regulable de 0° a 20° o similar para utilización horizontal o inclinada. IK 08. IP 65. Pintura termo plástica en polvo, aplicada electrostáticamente y horneada a alta temperatura.
Provisto con protector de sobretensión.-
Nota: Como característica de los oferentes deberán presentar catálogos, folletos para verificar marcas y características técnicas, modelo del equipo, así como ensayos mecánicos y lumínicos de laboratorios oficiales que certifiquen las características técnicas solicitadas (en carácter de excluyente).-
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
ROBERTO OSCAR RAMIREZ
Secretario de Servicios Públicos.
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DECRETO N° 941/2.026.
Concordia, 09 de Octubre de 2.026.
VISTO, el contenido del Expediente Compra Digital N° 3672 del año 2.026, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 824/2.026, de fecha 08 de Septiembre de 2.026, se aprueba la documentación para efectuar el Primer Llamado a Licitación Pública Nº 53/2.026, para la “ADQUISICIÓN DE ADOQUINES PARA PLAN DE ADOQUINADO – BARRIO NÉBEL NORTE”.
Que, constan actuaciones referidas a publicaciones y entrega de Pliegos efectuada por la Dirección de Compras y Suministros de la Licitación antes mencionada.
Que, obra Acta de Apertura de fecha 24 de Septiembre de 2.026, informando que en el acto de apertura se presentan dos ofertas correspondientes a:
- ADER S.A.: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 195.615.000,00).
- ACEVEDO MARCELO ALCIDES Y RAUSCH PABLO JAVIER SOCIEDAD SIMPLE: cotizando lo solicitado a un importe total de PESOS DOSCIENTOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 200.847.500,00).
- ADER S.A.: cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- ACEVEDO MARCELO ALCIDES Y RAUSCH PABLO JAVIER SOCIEDAD SIMPLE: cumple con la totalidad de la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
| Ítem 1 | Cant. | Presupuesto Oficial | ADER S.A. | Acevedo Marcelo Alcides Y Rausch Pablo Javier Sociedad Simple | |||
| Precio Unit. | Total | Precio | % | Precio | % | ||
| Provisión, transporte y descarga de adoquines por m2 | 8.050 | $ 28.000,00 | $ 225.400.000,00 | Unitario: $ 24.300,00 |
-13,21 | Unitario: $ 24.950,00 |
-10,89 |
| Total: $ 195.615.000,00 |
Total: $ 200.847.500,00 |
||||||
Que, el área solicitante realiza la evaluación de lo cotizado y realiza la recomendación correspondiente en el GESCOM.
Que, por lo expuesto, la Comisión Evaluadora aconseja adjudicar a la firma ADER S.A. por un importe total de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL CON 00/100 ($195.615.000,00), de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto.
Que, la Dirección de Presupuesto ha efectuado la Imputación Preventiva correspondiente y la Subsecretaría de Hacienda y Modernización, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, tomó la intervención de su competencia autorizando el gasto.
Que por las razones invocadas, es decisión de este Departamento Ejecutivo adjudicar la totalidad de la Licitación Pública N° 53/2.026 para la “ADQUISICIÓN DE ADOQUINES PARA PLAN DE ADOQUINADO – BARRIO NÉBEL NORTE”, a la firma ADER S.A., por un importe total de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL CON 00/100 ($195.615.000,00) conforme a lo descripto en el Anexo adjunto, el cual forma parte del presente Decreto, por ser la oferta más conveniente para este Municipio y en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107º, incisos ñ), q) y u), de la Ley 10027 y su modificatoria – Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
Por ello,
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el procedimiento licitatorio obrante en el Expediente Compra Digita N° 3672 del año 2.026, correspondiente a la Licitación Pública Nº 53/2.026, para la: “ADQUISICIÓN DE ADOQUINES PARA PLAN DE ADOQUINADO – BARRIO NÉBEL NORTE”, dispuesto mediante el Decreto N° 824/2.026, de fecha 08 de Septiembre de 2.026.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma ADER S.A., la totalidad de la Licitación Pública N° 53/2.026 para la “ADQUISICIÓN DE ADOQUINES PARA PLAN DE ADOQUINADO – BARRIO NÉBEL NORTE”, por un importe total de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL CON 00/100 ($ 195.615.000,00), conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto, por ser la oferta más conveniente para este Municipio y en virtud de lo considerado precedentemente.
ARTÍCULO 3º.- Impútese el presente gasto en la Partida Presupuestaria: Nº 3.7.90.02.05.08.61.05 OBRAS PÚBLICAS (Fondo de Obra Pública) $ 195.615.000,00.
ARTÍCULO 4º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se realicen las gestiones tendientes para el cumplimiento de la presente disposición.
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma ADER S.A., que resultó adjudicataria, del contenido del presente acto administrativo, como asimismo se notifique a la firma ACEVEDO MARCELO ALCIDES Y RAUSCH PABLO JAVIER SOCIEDAD SIMPLE; y proceda oportunamente a realizar los trámites correspondientes a la presente adjudicación.
ARTÍCULO 6º.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Ingeniería y de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambas dependientes de la Secretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Secretaría de Gobierno; y oportunamente, archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
ANEXO I
PLANILLA NOMECLADORA
| Ítem | Descripción | Cantidad | ADER S.A. | |
| Precio Unitario | Total | |||
| 1 | Provisión, transporte y descarga de adoquines por m2 |
8.050 | $ 24.300,00 | $ 195.615.000,00 |
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. FERNANDO S. ESQUIBEL
Secretario de Obras Públicas.
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DECRETO N° 943/2.026.
Concordia, 9 de octubre de 2.026.
VISTO la Resolución N° 6858/2026 y el Decreto N° 893/2026 y;
CONSIDERANDO:
Que los agentes mencionados en el Anexo I de la Resolución 6858/2026 de fecha 24 de Septiembre de 2026, formarán parte del Área de Estacionamiento Medido dependiente de la Dirección de Tránsito y Transporte con la función de controladores.
Que el Agente Municipal FERNÁNDEZ, GUSTAVO GERMÁN, Legajo N° 2468, D.N.I. N° 22.660.523, a través del Decreto N° 893/2026 de fecha 30 de Septiembre de 2026 asume el cargo de Jefe del Área Operativa de Estacionamiento Medido.
Que según lo establecido en el Artículo N° 8 de la Ordenanza N° 38.776/2025, lo recaudado del pago voluntario de las infracciones realizadas será distribuido de la siguiente manera: setenta por ciento (70%) para los empleados del Área de Estacionamiento Medido, y treinta por ciento (30%) Juzgado de Faltas.
Que por lo tanto es necesario agregar a los agentes mencionados en el Anexo I del presente Decreto al Código de Productividad del Área de Estacionamiento Medido.
Que es decisión del Departamento Ejecutivo dictar la presente disposición.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107° incisos ñ), q) y u) de la Ley Provincial N° 10.027 Régimen Municipal modificada por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.
Por ello;
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- Disponer la inclusión de los Agentes mencionados en el Anexo I del presente Decreto al Código de Productividad del Área de Estacionamiento Medido establecido en el Artículo 8 de la Ordenanza 38.776/2025.
ARTICULO 2º.- Notifíquese por la Dirección de Recursos Humanos a los agentes mencionados en el Anexo I, posteriormente pase a la Dirección de Liquidaciones a sus efectos, cumplimentando, archívese en su Legajo Personal.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda
Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno.
| N° Orden | Legajo | Apellido y Nombre | N° D.N.I. |
| 1 | 5222 | Duarte Fiorella Abigail | 41.981.671 |
| 2 | 9813 | López Macarena Araceli | 39.033.081 |
| 3 | 5221 | Márquez Nadia Felicitas | 39.684.358 |
| 4 | 9944 | Medina Barth Micaela Sofía | 40.991.997 |
| 5 | 9941 | Romero José Ezequiel | 44.210.333 |
| 6 | 5225 | Sosa Antonella Magali | 38.771.933 |
| 7 | 2468 | Fernández Gustavo Germán | 22.660.523 |
Dr. FRANCISCO AZCUÉ
Presidente Municipal
Cr. PABLO S. FERREYRA
Secretario de Coord. de Gabinete y Hacienda
Cra. PATRICIA LAURA RODRIGUEZ
Secretaria de Gobierno.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CAVALLARO ISAIAS ISMAEL, D.N.I. N° 32.072.185, Legajo N° 6463 que en los autos caratulados: REF.: INASISTENCIA INJUSTIFICADA DEL AGENTE CAVALLARO ISAIAS ISMAEL LEG. 6463 — EXPTE. N° 719 D 2026 — se ha dispuesto la presente notificación tendiente a notificarle que en virtud del sumario administrativo que se ha dispuesto instruir, se lo cita por el presente para que comparezca a la audiencia de Declaración Indagatoria que se ha fijado para el día 30 de octubre de 2026 a las 08:00 hs. La misma se realizará en la oficina de la División Sumarios sita en el Palacio Municipal, 1er. Piso, y bajo los apercibimiento de Ley. Asimismo se le hace saber que deberá comparecer munido de su Documento Nacional de Identidad y asistido por abogado Defensor. Por último se le transcribe el artículo 36 del Decreto N° 2/70 S.G.G. el que en su parte pertinente expresa: "Al inicio de la Declaración Indagatoria se le hará saber al sumariado los cargos que se le imputan y el derecho que le asiste de proponer abogado defensor, ofrecer pruebas en el periodo respectivo y alegar sobre el mérito de la misma. En el supuesto de que no de designe abogado Defensor, el instructor sumariante procederá a designar al Sr. Defensor Oficial".- Fdo. Dr. Carlos Ignacio Del Valle Subsecretario Legal y Técnico Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, de Octubre del 2.026
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. CAVALLARO ISAIAS ISMAEL, D.N.I. N° 32.072.185, Legajo N° 6463 que en los autos caratulados: REF.: INASISTENCIA INJUSTIFICADA DEL AGENTE CAVALLARO ISAIAS ISMAEL LEG. 6463 — EXPTE. N° 719 D 2026 — se ha dispuesto la presente notificación tendiente a notificarle que en virtud del sumario administrativo que se ha dispuesto instruir, se lo cita por el presente para que comparezca a la audiencia de Declaración Indagatoria que se ha fijado para el día 30 de octubre de 2026 a las 08:00 hs. La misma se realizará en la oficina de la División Sumarios sita en el Palacio Municipal, 1er. Piso, y bajo los apercibimiento de Ley. Asimismo se le hace saber que deberá comparecer munido de su Documento Nacional de Identidad y asistido por abogado Defensor. Por último se le transcribe el artículo 36 del Decreto N° 2/70 S.G.G. el que en su parte pertinente expresa: "Al inicio de la Declaración Indagatoria se le hará saber al sumariado los cargos que se le imputan y el derecho que le asiste de proponer abogado defensor, ofrecer pruebas en el periodo respectivo y alegar sobre el mérito de la misma. En el supuesto de que no de designe abogado Defensor, el instructor sumariante procederá a designar al Sr. Defensor Oficial".- Fdo. Dr. Carlos Ignacio Del Valle Subsecretario Legal y Técnico Municipalidad de Concordia.-
QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.-
Concordia, de Octubre del 2.026
