SUMARIO
Las siguientes Resoluciones y Edictos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
Resoluciones: 38.933, 38.934, 38.935, 38.936, 38.938, 38.939.
Concordia, 01 de Octubre de 2026.
Nº 10.506
VISTO:
La realización del “Curso Básico de Inteligencia Artificial”, destinado a afiliadas y afiliados municipales, orientado a brindar herramientas prácticas para la incorporación y utilización de nuevas tecnologías en el ámbito laboral y en la vida cotidiana, y;
CONSIDERANDO:
Que el “Curso Básico de Inteligencia Artificial” constituye una propuesta de formación orientada a acercar herramientas vinculadas con las nuevas tecnologías a las afiliadas y afiliados municipales, favoreciendo la adquisición de conocimientos prácticos para su utilización en distintos ámbitos;
Que la iniciativa tiene como objetivo brindar conocimientos sobre las nuevas modalidades y herramientas que actualmente ofrece la tecnología, promoviendo su incorporación como recurso para el desarrollo de tareas laborales y cotidianas, más allá de su eventual incidencia en los sistemas de categorización del personal;
Que la propuesta contempla un nivel inicial, sin requerir conocimientos previos, procurando facilitar el acceso a los contenidos y herramientas de inteligencia artificial a personas que se encuentren dando sus primeros pasos en la materia;
Que el curso abordará contenidos vinculados con la introducción a la Inteligencia Artificial, su funcionamiento y sus aplicaciones, incluyendo el uso de herramientas como ChatGPT, la elaboración de instrucciones o “prompts” y criterios para un uso seguro y responsable de estas tecnologías;
Que en relación con el ámbito laboral municipal, se prevé el desarrollo de herramientas aplicables a la redacción de notas, informes y comunicaciones, organización de tareas y reuniones, elaboración de listados, tablas y presupuestos, así como otras actividades de carácter administrativo;
Que asimismo se incorporarán contenidos vinculados con el uso de la Inteligencia Artificial en la vida cotidiana, tales como la planificación de viajes, compras y eventos, elaboración de menús, confección de currículums y aprendizaje de nuevos contenidos;
Que la propuesta contempla además herramientas creativas para la generación de imágenes, flyers y presentaciones, así como el trabajo con documentos, archivos PDF y planillas, incorporando pautas de seguridad, buenas prácticas y verificación de la información obtenida mediante herramientas de Inteligencia Artificial;
Que la incorporación responsable de conocimientos relacionados con la Inteligencia Artificial puede contribuir a ampliar las herramientas disponibles para el desarrollo de tareas administrativas, optimizar determinados procesos de trabajo y favorecer la adaptación a las transformaciones tecnológicas que atraviesan actualmente distintos ámbitos de la actividad laboral;
Que resulta relevante promover instancias de formación que permitan a los trabajadores acceder a conocimientos tecnológicos de manera práctica, gradual y responsable, especialmente cuando se encuentran orientadas a su aplicación concreta en las tareas habituales.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Educativo el “Curso Básico de Inteligencia Artificial”, que se desarrollará en el primer piso del Centro Cívico de la ciudad de Concordia, a partir del día 02 de octubre de 2026, durante cuatro jornadas, los días viernes, de 18:00 a 20:00 horas.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente Resolución a los organizadores del evento.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 02 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.933.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 01 de Octubre de 2026.
Nº 10.510
VISTO:
El Mes de la Concientización sobre la Discapacidad, a desarrollarse durante el mes de octubre de 2026 en la ciudad de Concordia, y las actividades programadas por la Municipalidad de Concordia, a través de la Dirección de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Salud, en el marco de dicha iniciativa, y;
CONSIDERANDO:
Que el Mes de la Concientización sobre la Discapacidad constituye una instancia destinada a promover la reflexión, la concientización y la participación de la comunidad en torno a los derechos de las personas con discapacidad, la inclusión, la accesibilidad y la igualdad de oportunidades;
Que la discapacidad debe ser abordada desde una perspectiva integral, contemplando no solamente los aspectos vinculados con la salud, sino también las dimensiones educativas, sociales, culturales, deportivas, recreativas, comunicacionales y jurídicas que atraviesan la vida cotidiana de las personas con discapacidad y sus familias;
Que la construcción de una comunidad verdaderamente inclusiva requiere generar espacios de encuentro, participación y diálogo que permitan visibilizar las realidades, experiencias, necesidades y desafíos de las personas con discapacidad;
Que las acciones de concientización adquieren especial relevancia cuando involucran a la comunidad en su conjunto, incluyendo a las personas con discapacidad, sus familias, profesionales, instituciones educativas, organizaciones de la sociedad civil, estudiantes y público en general;
Que en este sentido, el Mes de la Concientización sobre la Discapacidad representa una oportunidad para fortalecer el compromiso comunitario y promover una mirada basada en el respeto por la diversidad, la autonomía, la participación y el ejercicio efectivo de derechos;
Que la Municipalidad de Concordia, a través de la Dirección de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Salud, ha elaborado un cronograma de actividades destinado a acompañar el desarrollo del Mes de la Concientización sobre la Discapacidad durante octubre de 2026;
Que entre las propuestas programadas se contempla la realización de un acto inaugural, un picnic, una matinée, encuentros comunitarios y distintas actividades destinadas a promover la participación, la integración y la visibilización de las personas con discapacidad;
Que asimismo el desarrollo de estas actividades permite fortalecer la articulación entre las distintas áreas de la Municipalidad de Concordia, instituciones, organizaciones y actores de la sociedad civil vinculados con la temática de la discapacidad;
Que en este marco, adquiere particular relevancia la realización del “Primer Congreso Municipal de Discapacidad y Accesibilidad”, organizado por la Dirección de Discapacidad de la Municipalidad de Concordia, a cargo de la Directora Florencia Weiss;
Que dicho Congreso se desarrollará los días sábado 31 de octubre y domingo 1 de noviembre de 2026, en el Centro de Convenciones de Concordia, constituyéndose en una de las principales actividades previstas en el marco del Mes de la Concientización sobre la Discapacidad;
Que la propuesta está destinada a profesionales vinculados con la salud, la educación y el derecho, estudiantes, instituciones educativas, organizaciones de la sociedad civil, personas con discapacidad y sus familias, así como al público en general de Concordia y la región;
Que el Congreso contempla capacitaciones, conversatorios, talleres y espacios de intercambio vinculados con distintas dimensiones de la discapacidad, incorporando aportes de disciplinas tales como abogacía, psicopedagogía, neurología, medicina general, obstetricia, kinesiología, terapia ocupacional, ortesis, equinoterapia y Lengua de Señas Argentina;
Que entre los temas previstos se encuentran el abordaje jurídico y los derechos de las personas con discapacidad; la organización de rutinas, regulación emocional y límites en niños con Trastorno del Espectro Autista; los Trastornos Generalizados del Desarrollo; la accesibilidad; el rol de la terapia ocupacional y las ortesis en la autonomía; la sexualidad y discapacidad; la equinoterapia como herramienta de inclusión; la atención a la dependencia del adulto mayor y discapacidad; la postura y los cuidados diarios; y la Lengua de Señas Argentina como herramienta de comunicación;
Que uno de los aspectos relevantes de la propuesta consiste en incorporar la experiencia en primera persona como parte de los espacios de formación e intercambio, reconociendo el valor de la participación directa de las personas con discapacidad en la construcción de conocimiento y en el abordaje de las políticas y prácticas de inclusión;
Que de manera paralela al Congreso, se desarrollará la “Primera Expo Inclusiva”, cuyo inicio está previsto para el sábado 31 de octubre de 2026 en el Centro de Convenciones de Concordia;
Que la Expo Inclusiva tiene como propósito constituir un espacio abierto a la comunidad para la participación de instituciones, librerías, creadores de recursos y tecnología 3D y emprendedores vinculados con la elaboración y comercialización de productos y materiales destinados a favorecer la inclusión pedagógica y social;
Que tratándose de su primera edición, los stands serán ofrecidos de manera gratuita a las instituciones y emprendedores participantes, previa inscripción, favoreciendo la participación y el acceso a recursos y propuestas vinculadas con la inclusión;
Que el Congreso y la Expo Inclusiva constituyen espacios destinados a promover el intercambio entre profesionales, instituciones, estudiantes, personas con discapacidad, familias, emprendedores y miembros de la comunidad, fortaleciendo el abordaje integral de la discapacidad;
Que en la organización se prevé la articulación con la Dirección de Cultura y Educación, la Dirección de Niñez y Primera Infancia, la Secretaría de Deporte y la Secretaría de Salud, procurando incorporar actividades culturales, educativas, recreativas y deportivas de carácter inclusivo;
Que se prevé la entrega de certificados de asistencia a quienes se inscriban y participen del Congreso, así como certificados a los expositores que participen de la Primera Expo Inclusiva;
Que asimismo se prevé realizar una evaluación de las actividades mediante encuestas a asistentes y disertantes y la elaboración de un informe de gestión por parte de la Dirección de Discapacidad, con el objeto de sistematizar los resultados, identificar aspectos susceptibles de mejora y evaluar la continuidad de estas iniciativas;
Que por las características de las actividades programadas, su alcance comunitario, educativo, social y formativo, y su contribución a la concientización sobre la discapacidad, resulta pertinente acompañar institucionalmente la iniciativa mediante la declaración de Interés del Concejo Deliberante de Concordia.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés del Municipal, Educativo y Social el Mes de la Concientización sobre la Discapacidad, a desarrollarse durante el mes de octubre de 2026 en la ciudad de Concordia, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente Resolución a la Dirección de Discapacidad de la Municipalidad de Concordia, a cargo de la Directora Florencia Weiss, en reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 02 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.934.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 01 de Octubre de 2026.
Nº 10.505
VISTO:
La realización del Campamento Nacional de Lobatos y Lobeznas “AULLIDOS” de la Zona 20 Entre Ríos Este de Scouts de Argentina Asociación Civil, a desarrollarse los días 3 y 4 de Octubre de 2026 en el Camping Las Palmeras de la ciudad de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que Scouts de Argentina es una organización sin fines de lucro con más de cien años de trayectoria en el país, dedicada a la educación no formal de niños, niñas y jóvenes, promoviendo la construcción de una sociedad más solidaria, justa y comprometida a través del trabajo de sus adultos voluntarios;
Que el Campamento "AULLIDOS" es una experiencia educativa, simbólica y vivencial donde niños y niñas de 7 a 10 años (Lobatos y Lobeznas) comparten juegos, desafíos y aprendizajes en contacto con la naturaleza. Tiene por lema:"¡A jugar y descubrir los senderos de la selva!", constituyendo una herramienta pedagógica y vivencial que promueve valores fundamentales como la empatía, el trabajo en equipo, el respeto por la naturaleza, el liderazgo y la vida en comunidad;
Que la propuesta del campamento se articula sobre cuatro senderos de desarrollo: Salud y Bienestar, Paz, Ambiente/Naturaleza y Habilidades, orientados al crecimiento integral y a la construcción de ciudadanía activa en la niñez, en una comunidad que históricamente ha demostrado capacidad de organización, compromiso ciudadano y protagonismo cultural, esta actividad no debe entenderse simplemente como un evento más, sino como una verdadera plataforma de desarrollo humano, participación juvenil y fortalecimiento social;
Que este movimiento articula formación, encuentro, identidad y proyección. Su impacto trasciende lo recreativo: promueve liderazgo, trabajo en equipo, responsabilidad, creatividad y compromiso comunitario en nuestros jóvenes. En un contexto donde las niñeces y juventudes necesitan espacios de contención, expresión y construcción colectiva, esta iniciativa ofrece justamente eso: un ámbito sano, organizado y con propósito;
Que invertir en el AULLIDO es invertir en capital humano. Cada niño que participa adquiere herramientas que luego se trasladan a la escuela, al trabajo, a los emprendimientos y a la vida social. Se generan redes, se fortalecen vínculos interinstitucionales y se promueve una cultura de participación activa. Esto reduce la apatía, fortalece la ciudadanía y proyecta una ciudad más dinámica y preparada para el futuro;
Que además, el impacto no es únicamente formativo. También hay una dimensión social y económica: moviliza instituciones, convoca familias, activa espacios públicos y potencia la identidad local. Concordia ha demostrado que cuando la comunidad se organiza, crece; este campamento es precisamente un ejemplo de organización con sentido transformador;
Que acompañar esta propuesta no es solo aprobar un evento: es apostar por una política pública que prioriza a las niñeces y juventudes, que genera pertenencia y que construye futuro. Las ciudades que crecen no son las que reaccionan a los problemas, sino las que previenen, forman y proyectan. El AULLIDO es una herramienta concreta para hacerlo;
Que la ciudad de Concordia será sede de este importante encuentro regional, albergando a delegaciones de diversas localidades y generando un impacto social, cultural y formativo muy significativo para la comunidad local y apoyar su realización es una decisión estratégica, responsable y visionaria para el desarrollo integral de nuestra ciudad.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal, Educativo, Social y Comunitario al Campamento de Lobatos y Lobeznas "AULLIDOS" de la Zona 20 Entre Ríos Este de Scouts de Argentina Asociación Civil, a realizarse los días 3 y 4 de Octubre de 2026 en el Camping Las Palmeras de la ciudad de Concordia, Entre Ríos. Este movimiento articula formación, encuentro, identidad y proyección. Su impacto trasciende lo recreativo: promueve liderazgo, trabajo en equipo, responsabilidad, creatividad y compromiso comunitario en nuestros jóvenes.
ARTÍCULO 2°.- Entréguese copia de la presente Resolución a los responsables del Equipo Coordinador y Autoridades Scouts del Distrito 1 Concordia Norte y Zona 20 Entre Ríos Este.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 02 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.935.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 01 de Octubre de 2026.
Nº 10.511
VISTO:
La solicitud presentada por la Comisión Directiva del Club del Tango Concordia, donde solicita que sea Declarado de Interés Municipal y Cultural el evento “Milonga con la Orquesta “Típica Biagi” que se presentará el día 10 de Octubre, en las instalaciones del club, Saavedra 333, y;
CONSIDERANDO:
Que la propuesta consiste en la realización de una milonga de carácter cultural y artístico, que contará con la participación de la Orquesta Típica Biagi, constituyendo una instancia destinada al encuentro de la comunidad en torno a una de las expresiones musicales y artísticas de mayor relevancia de la cultura argentina;
Que la realización de la milonga contribuye a la promoción y difusión del tango, favoreciendo el encuentro entre artistas, bailarines, aficionados y público en general, y propiciando la participación de distintos sectores de la comunidad;
Que la presentación de la Orquesta Típica Biagi constituye un componente central de la propuesta, aportando una expresión artística vinculada a la tradición musical del tango y enriqueciendo la programación cultural prevista para la jornada;
Que el tango forma parte del patrimonio cultural argentino y constituye una manifestación artística que integra música, danza, interpretación y expresión colectiva, cuya preservación y difusión contribuyen al fortalecimiento de la identidad cultural;
Que la generación de espacios destinados a la realización de actividades vinculadas al tango favorece la continuidad de esta expresión cultural y posibilita su acercamiento a nuevas generaciones, promoviendo su transmisión y permanencia en el ámbito comunitario;
Que asimismo, la realización de este tipo de encuentros en nuestra ciudad contribuye al desarrollo de la actividad cultural local, fortaleciendo los espacios independientes y las iniciativas promovidas por instituciones de la comunidad.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal y Cultural el evento “Milonga con la Orquesta Típica Biagi”, a realizarse el día 10 de octubre de 2026, a las 22:00 horas, en el Club del Tango, sito en calle Saavedra Nº 333 de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º.- Hágase entrega de la presente Resolución a la Comisión del Club del Tango de Concordia, en reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 05 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.936.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 01 de Octubre de 2026.
Nº 10.508
VISTO:
La realización de la “3ª Olimpiada Provincial de Dibujo Técnico de Entre Ríos”, a desarrollarse el día 07 de Octubre de 2026 en la Escuela de Educación Agrotécnica Nº 24 “Gral. San Martín”, de la localidad de Estancia Grande, Departamento Concordia, y;
CONSIDERANDO:
Que la “3° Olimpiada Provincial de Dibujo Técnico de Entre Ríos” constituye una propuesta educativa destinada a estudiantes de 2° y 3° Año del Ciclo Básico de instituciones de educación secundaria técnica y agrotécnica, de gestión estatal y privada, de la provincia de Entre Ríos, promoviendo la participación y el intercambio entre instituciones educativas de distintas localidades;
Que la iniciativa da continuidad al trabajo desarrollado en la 1° Olimpiada Provincial de Dibujo Técnico, realizada en el año 2023 y organizada por la Escuela de Educación Técnica N°1 “Brigadier Gral. Pascual Echagüe” de la ciudad de Concordia, y a la 2° edición desarrollada durante el año 2025, consolidándose como un espacio de encuentro y fortalecimiento de la formación técnico-profesional;
Que la edición correspondiente al Ciclo Lectivo 2026 es organizada por directivos y docentes de la Escuela de Educación Agrotécnica N°24 “Gral. San Martín”, la Escuela de Educación Técnica N°1 “Brigadier Gral. Pascual Echagüe”, la Escuela de Educación Técnica N°35 “Gral. Don José de San Martín” y la Escuela de Educación Técnico Profesional N°191 “María Reina Inmaculada”;
Que la instancia provincial tendrá como sede a la Escuela de Educación Agrotécnica N°24 “Gral. San Martín”, ubicada en la localidad de Estancia Grande, Departamento Concordia, y se desarrollará el día miércoles 07 de octubre de 2026, en el horario de 8:00 a 17:00 horas;
Que la propuesta tiene entre sus objetivos valorar la importancia del Dibujo Técnico como herramienta fundamental para la formación técnica, reconocer las normas del Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) aplicables a la disciplina, articular y armonizar contenidos del espacio curricular y favorecer el desarrollo de capacidades profesionales básicas;
Que asimismo procura promover la interacción entre docentes, posibilitando el intercambio de metodologías de enseñanza, criterios de evaluación, entornos formativos, bibliografía y experiencias pedagógicas, fortaleciendo de este modo los vínculos entre las instituciones que integran la modalidad de Educación Técnico Profesional;
Que la Olimpíada contempla una instancia institucional, destinada a la selección de los estudiantes que representarán a cada establecimiento, y una instancia provincial, en la que participarán representantes de las instituciones de la provincia que se encuentren inscriptas;
Que durante la instancia provincial se prevé, además de las actividades propias de la Olimpíada, la realización de charlas y/o capacitaciones destinadas a los docentes que acompañen a las delegaciones participantes, favoreciendo la formación continua y el intercambio de experiencias;
Que la propuesta se desarrolla en el marco de la Ley de Educación Técnico Profesional N°26.058, la Ordenanza N°050/11 del Consejo Superior de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (CS-UADER), la Resolución N°609/11 del Consejo General de Educación y la Resolución N°2757/11 del Consejo General de Educación, en lo relativo a los contenidos de Dibujo Técnico correspondientes al Ciclo Básico;
Que la actividad se plantea como un ámbito de intercambio de experiencias y como un hecho cultural y académico, promoviendo entre los participantes una conducta ética y responsable, el trabajo colaborativo, el respeto por las normas y una actitud solidaria;
Que la participación de estudiantes y docentes de distintas instituciones educativas de la provincia permite fortalecer la integración de la comunidad educativa de la modalidad Técnico Profesional y generar instancias de intercambio que contribuyen al enriquecimiento de las trayectorias formativas;
Que la realización de la instancia provincial en la localidad de Estancia Grande, Departamento Concordia, representa una oportunidad para visibilizar y poner en valor el trabajo desarrollado por las instituciones de educación técnica y agrotécnica de la región, favoreciendo la vinculación educativa y comunitaria;
Que la firma Plantec, en carácter de auspiciante de la Olimpíada, tendrá a su cargo la premiación de los estudiantes que obtengan los mejores promedios en las distintas categorías, conforme lo establecido por la organización;
Que por las características de la propuesta, su continuidad en el tiempo, la participación de instituciones educativas de toda la provincia y su contribución al fortalecimiento de la educación técnico-profesional, resulta pertinente acompañar institucionalmente la realización de la “3ª Olimpiada Provincial de Dibujo Técnico de Entre Ríos” mediante la declaración de interés del Concejo Deliberante de Concordia.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°.- Declárese de Interés Municipal y Educativo la “3° Olimpiada Provincial de Dibujo Técnico de Entre Ríos”, que se llevará a cabo en la Escuela de Educación Agrotécnica N°24 “Gral. San Martín”, de la localidad de Estancia Grande, el día 07 de octubre de 2026, de 8:00 a 17:00 horas.
ARTÍCULO 2°.- Hágase entrega de la presente Resolución a la Comisión Organizadora de la “3° Olimpiada Provincial de Dibujo Técnico de Entre Ríos”, en reconocimiento y constancia de la declaración efectuada.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 05 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.938.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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Concordia, 01 de Octubre de 2026.
Nº 10.509
VISTO:
La nota presentada por la Rectoría del Instituto Técnico Superior de Concordia, Carrera Tecnicatura Superior en Enología y Fruticultura, en conjunto con la AIANER (Asociación Ingenieros Agrónomos del Noreste de Entre Ríos), en la que solicita se declare de Interés Municipal la 3da. Edición de la JORNADA REGIONAL Y PRIMERA BINACIONAL DE ENOLOGÍA Y FRUTICULTURA, cuya temática es: “Experiencias que agregan Valor”, que se llevará a cabo los días 6 y 7 de Octubre de 2026 en el CENTRO DE CONVENCIONES CONCORDIA, y;
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Técnico Superior de Concordia desarrolla su actividad en esta ciudad hace 35 años, brindando formación específica sobre cooperativismo, economía social, administración y desarrollo local. Por su parte, la Asociación Ingenieros Agrónomos del Noreste de Entre Ríos tiene más de 50 años de trayectoria en la organización de jornadas y capacitaciones técnicas para el sector agropecuario en la provincia de Entre Ríos;
Que la JORNADA DE ENOLOGÍA Y FRUTICULTURA, organizada por las instituciones mencionadas ut supra, se trata de un evento que busca fomentar un espacio de visibilización, promoción, difusión y análisis de las diferentes producciones y emergentes económicos de nuestra Provincia en general y este año sumando a disertantes de la Republica Oriental del Uruguay, haciendo este evento BINACIONAL, con el propósito de incentivar el intercambio de ideas y la reflexión grupal con distintos actores y productores, a través este formato, permitiendo crear un entorno propicio para el dialogo critico y el análisis en conjunto, facilitando la participación de los asistentes, se desarrollaran talleres de transferencia técnica y análisis de viabilidad agronómica y comercial sobre cultivos emergentes como el kiwi rojo y amarillo, procesamiento agroindustrial del aloe vera y el manejo sustentable de la pitahaya, abriendo así nuevas fronteras de diversificación para los productores de la zona;
Que dicho evento se llevará a cabo los días 6 y 7 de Octubre del corriente año, a partir de las 8:00 hs en el CCC, con la presencia de disertantes, expositores y profesionales locales y del extranjero que se desempeñan en el ámbito de la producción de frutales alternativas productivas; y contará con la presencia de productores, técnicos y empresas privadas;
Que el evento contó en 2024 y 2025 con la Declaración de Interés por este Cuerpo Legislativo municipal, y en lo particular con gran concurrencia de entendidos en el tema y público en general, por tal motivo -y por su temática, repercusión y trascendencia- excede en forma notoria el marco de un hecho cultural y educativo, por lo que trasciende al ámbito local. Se puede agregar que es de carácter gratuito;
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades que son propias de este Concejo Deliberante, conforme lo dispuesto por la Ley N° 10.027 (modif. por Ley N° 10.082).
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal Educativo y Cultural la 3da. Edición de la JORNADA REGIONAL Y PRIMERA BINACIONAL DE ENOLOGÍA Y FRUTICULTURA, cuya temática es: “Experiencias que agregan Valor”, a realizarse los días 6 y 7 de Octubre del corriente año a partir de las 8:00 horas, en el CENTRO DE CONVENCIONES CONCORDIA, organizadas por el Instituto Técnico Superior de Concordia, Carrera Tecnicatura Superior en Enología y Fruticultura, en conjunto con AIANER (Asociación Ingenieros Agrónomos del Noreste de Entre Ríos) Seccional Concordia, y en virtud de los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia de la presente Resolución a la entidad organizadora del evento.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES “FEDERICO ZORRAQUÍN”, 01 de Octubre de 2026.
Lic. MAGDALENA RETA DE URQUIZA
Presidente
Dra. VERONICA NATALIA DELGADO
Secretaria.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 05 de Octubre de 2.026.
RESOLUCION N° 38.939.
Téngase por Resolución Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
CARLOS H. GATTO
Secretaría de Desarrollo Humano.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. SILVA LEONARDO ALAN, D.N.I. N°41.250.321, que en el EXPT: 123 "S" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6780/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por el Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación del Sr. Silva Leonardo Alan (DNI N° 41.250.321), operada a partir del mes
de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.
ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
CONCORDIA DE OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. BARBARA AYELEN IRUTTA, D.N.I. N° 33.510.202, que en el EXPT: 1362557/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6785/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 9 de febrero de 2026 por la Sra. Bárbara Ayelen lrutta (DNI N° 33.510.202), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Bárbara Ayelen Irutta (DNI N° 33.510.202), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas.
ARTICULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. LUNA FIORELLA SOLANGE, D.N.I. N° 32.296.060, que en el EXPT: 7 "L" 2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6781/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación de la Sra. Luna Fiorella Solange (DNI N° 32.296.060), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. LEITE MARIANO DAVID, D.N.I. N° 40.992.031, que en los EXP: 1368892/2026 y 1366483/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6901/2026 de fecha 25 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR el reclamo administrativo promovido por el Sr. MARIANO DAVID LEITE, DNI N° 40.992.031, interpuesto mediante los Expedientes N° 1366483/2026; 1368892/2026, en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. PIEDRA BUENA HORACIO DANIEL, D.N.I. N° 19.084.554, que en el EXP: 1362550/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6788/2026 de fecha 22 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- RECHAZAR en todos sus términos el Recurso de Apelación Jerárquica con fecha 6 de febrero de 2026 por el Sr. Piedra Buena Horacio Daniel (DNI N° 19.084.554), por las razones fácticas y de derecho expuestas en los considerandos de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- RATIFICAR la legitimidad de la desvinculación del Sr. Piedra Buena Horacio Daniel (DNI N° 19.084.554), operada a partir del mes de Enero de 2026. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al interesado con entrega de copia de la presente por parte de la Oficina de Notificaciones Masivas. ARTÍCULO 4°.- Publíquese, regístrese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RAMIREZ AILEN EVELINA MACARENA, D.N.I. N° 40.167.907, que en el Exp. 1366958/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ramírez Allen Evelina Macarena (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matias (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica a la Sra. RAMIREZ ANAHI FLORENCIA SOLEDAD, D.N.I. N° 40.993.336, que en el Exp. 1366955/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTICULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Sres. Ramírez Ailen Evelina Macarena (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matías (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.
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EDICTO.-
La Municipalidad de la ciudad de Concordia notifica al Sr. ZALAZAR COSSIA MATIAS, D.N.I. N° 34.436.790, que en el Exp. 1362111/2026, se ha dispuesto la presente notificación tendiente a hacerle saber que mediante Resolución N° 6615/2026 de fecha 21 de septiembre del año 2026, se ha dispuesto lo siguiente: ARTÍCULO 1°.- NEGAR y RECHAZAR las presentaciones realizadas por los Sres. Ramírez Ailen Evelina (Expediente N° 1366958), Zalazar Cossia Matias (Expediente N° 1362111), Duarte Lucas Alejandro (Expediente N° 1366991), Blanco David Alejandro (Expediente N° 1366953), Pino Matías Ángel (Expediente N° 1366956), Maidana María Natalia (Expediente N° 1366957), Villagra Walter Gabriel (Expediente N° 1366927), Ríos Carlos Epifanio (Expediente N° 1366926) y Ramírez Anahí Florencia Soledad (Expediente N° 1366955), en todas sus partes, atento los argumentos expuestos en los considerandos del presente.- ARTICULO 2°.- NOTIFÍQUESE a los interesados en forma personal o por cédula mediante la Oficina de Notificaciones Masivas.- Fdo. Dr. Francisco Azcue Presidente Municipal de Concordia. Cra. Patricia Laura Rodríguez, Secretaria de Gobierno Municipalidad de Concordia.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
CONCORDIA, OCTUBRE DE 2026.