ARTICULO 1°.- Téngase presente, el Acta Acuerdo suscripto el día 22 de Agosto de 2.025, entre el Departamento Ejecutivo Municipal y las distintas entidades Gremiales, que consta de Dos (2) cláusulas y cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I.
ARTICULO 2°.- Facultase a la Dirección de Liquidaciones a efectuar los ajustes pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Concordia, a los 22 días del mes de agosto de 2025, se reúne el Presidente Municipal, Dr. Francisco Azcue y el Secretario de Gobierno Dr. Luciano Dell'Olio, en representación del Departamento Ejecutivo Municipal, en adelante "La Municipalidad", y los señores Representantes y Secretarios Generales de los distintos Gremios que conforman el presente y por lo tanto rubrican al pie, en adelante "Los Gremios", suscriben el acuerdo salarial correspondiente al periodo agosto-octubre 2025, sujeto a las siguientes cláusulas:
Que en virtud de lo expresado, se llega al presente acuerdo.-
PRIMERA. "La Municipalidad" abonará a los trabajadores municipales (Planta Permanente y Contratados con Aportes), un aumento salarial del 6%, aplicable en su totalidad sobre la escala de sueldos vigente, en función del siguiente escalonamiento y en forma acumulativa: un 4% con los haberes de Agosto y un 2% con los haberes del mes de Octubre. De esta manera el aumento salarial al mes de Octubre acumulativo será de un 22,4%.
SEGUNDA: Asimismo se acuerda que el presente acta tendrá vigencia hasta el mes de octubre de 2025. Comprometiéndose a realizar una revisión de la escala, en el mes de noviembre, teniendo en cuenta la evolución de la inflación y de las disponibilidades financieras y presupuestarias del Municipio.
No siendo para más, se firman tantos ejemplares como partes firmantes obran en el presente a un mismo tenor y a un solo efecto, dejando constancia de que cada parte retira un ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.
